Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-23523)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con el Centre de Cultura Contemporània de Barcelona, para la organización y producción conjunta de la exposición «En el aire conmovido».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 12 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 144483
2. Cada parte, a la llegada y desembalaje; reembalaje y salida de las obras en sus
sedes, realizará con restauradores cualificados los informes de estado de conservación
de cada una de las piezas.
3. Los informes y reflejarán el estado de las obras y cualquier cambio que se
produzca en su estado durante la itinerancia de las mismas. Los informes, completados y
firmados por los mencionados restauradores también serán firmados, si procediera, por
un representante oficial del prestador (correo).
4. En calidad de primera sede, el MNCARS elaborará los informes del estado de
conservación de las obras Compartidas, incluyendo como mínimo una imagen. Una vez
finalizada la exposición en la sede del MNCARS y chequeados de nuevo los informes de
condición para la salida, estos serán remitidos al CCCB para que se revise el estado de
conservación a partir de esta documentación previa. Los informes y el archivo fotográfico
generado a partir de la revisión de las piezas, permanecerán en el CCCB al menos dos
años.
13. Condiciones ambientales y seguridad.
1. Las Partes exhibirán las Obras prestadas con todas las garantías habituales y
exigibles en los circuitos museísticos internacionales y cumplirán con los siguientes
requisitos:
– Las salas de exposición y las que se usen para almacenamiento y depósito
deberán estar equipadas con sistemas de climatización y control.
– Ninguna obra será expuesta, bajo ninguna circunstancia, a una fuente directa de
calor o de frío, ni exhibida en enclaves o sitios cuya temperatura sea inadecuada para la
naturaleza de las obras.
– Se establecerá una vigilancia de 24 horas. Todas las obras expuestas estarán
vigiladas visualmente por guardias de seguridad repartidos estratégicamente según el
esquema de montaje de la exposición, a criterio de cada uno de los servicios de
seguridad de las Partes. Durante las horas de cierre de la exposición, además de la
puesta en marcha de todos los sistemas de detección y de protección electrónica, se
vigilará en todo momento el acceso a las salas de exposición.
– Durante el montaje y el desmontaje de la exposición, las salas de exposición
deberán ser objeto de vigilancia permanente, y el acceso a las salas deberá limitarse a
las personas y a los equipos encargados de la operación. En ausencia del personal, las
salas permanecerán cerradas.
– Los informes sobre todos los desplazamientos de las Obras compartidas
seleccionadas estarán al día.
– Durante el periodo de montaje y desmontaje de las Obras compartidas
seleccionadas, no podrá realizarse ningún tipo de obras, y sólo los equipos responsables
de efectuar estas operaciones podrán acceder a los espacios de exposición.
2. Las Partes se comprometen a respetar cualquier condición o medida específica
de conservación y seguridad que haya sido exigida por los Prestadores.
3. Cada Parte informará a los prestadores y a la otra Parte de toda incidencia
relacionada con las Obras cedidas para la exposición y acaecida en su sede o durante el
transporte, así como a la compañía aseguradora. En el caso de que una Parte hubiera
de retirar alguna de las Obras o si alguna de estas Obras resultase dañada, destruida,
robada o pareciese estar en condiciones no estables o vulnerable, dicha Parte se
compromete a informar al Prestador y a la otra Parte inmediatamente, y a enviar
seguidamente fotografías de alta resolución e informe escrito que den cuenta de la
incidencia, circunstancias y acciones llevadas a cabo al Prestador y a la otra Parte así
como, en su caso, informar a la compañía aseguradora. Así mismo, se compromete a
cumplir con toda instrucción ulterior del Prestador respecto a esa/s obra/s. Excepto en
caso de emergencia, y a fin exclusivamente de prevenir daños más graves, el Prestador
cve: BOE-A-2024-23523
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 273
Martes 12 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 144483
2. Cada parte, a la llegada y desembalaje; reembalaje y salida de las obras en sus
sedes, realizará con restauradores cualificados los informes de estado de conservación
de cada una de las piezas.
3. Los informes y reflejarán el estado de las obras y cualquier cambio que se
produzca en su estado durante la itinerancia de las mismas. Los informes, completados y
firmados por los mencionados restauradores también serán firmados, si procediera, por
un representante oficial del prestador (correo).
4. En calidad de primera sede, el MNCARS elaborará los informes del estado de
conservación de las obras Compartidas, incluyendo como mínimo una imagen. Una vez
finalizada la exposición en la sede del MNCARS y chequeados de nuevo los informes de
condición para la salida, estos serán remitidos al CCCB para que se revise el estado de
conservación a partir de esta documentación previa. Los informes y el archivo fotográfico
generado a partir de la revisión de las piezas, permanecerán en el CCCB al menos dos
años.
13. Condiciones ambientales y seguridad.
1. Las Partes exhibirán las Obras prestadas con todas las garantías habituales y
exigibles en los circuitos museísticos internacionales y cumplirán con los siguientes
requisitos:
– Las salas de exposición y las que se usen para almacenamiento y depósito
deberán estar equipadas con sistemas de climatización y control.
– Ninguna obra será expuesta, bajo ninguna circunstancia, a una fuente directa de
calor o de frío, ni exhibida en enclaves o sitios cuya temperatura sea inadecuada para la
naturaleza de las obras.
– Se establecerá una vigilancia de 24 horas. Todas las obras expuestas estarán
vigiladas visualmente por guardias de seguridad repartidos estratégicamente según el
esquema de montaje de la exposición, a criterio de cada uno de los servicios de
seguridad de las Partes. Durante las horas de cierre de la exposición, además de la
puesta en marcha de todos los sistemas de detección y de protección electrónica, se
vigilará en todo momento el acceso a las salas de exposición.
– Durante el montaje y el desmontaje de la exposición, las salas de exposición
deberán ser objeto de vigilancia permanente, y el acceso a las salas deberá limitarse a
las personas y a los equipos encargados de la operación. En ausencia del personal, las
salas permanecerán cerradas.
– Los informes sobre todos los desplazamientos de las Obras compartidas
seleccionadas estarán al día.
– Durante el periodo de montaje y desmontaje de las Obras compartidas
seleccionadas, no podrá realizarse ningún tipo de obras, y sólo los equipos responsables
de efectuar estas operaciones podrán acceder a los espacios de exposición.
2. Las Partes se comprometen a respetar cualquier condición o medida específica
de conservación y seguridad que haya sido exigida por los Prestadores.
3. Cada Parte informará a los prestadores y a la otra Parte de toda incidencia
relacionada con las Obras cedidas para la exposición y acaecida en su sede o durante el
transporte, así como a la compañía aseguradora. En el caso de que una Parte hubiera
de retirar alguna de las Obras o si alguna de estas Obras resultase dañada, destruida,
robada o pareciese estar en condiciones no estables o vulnerable, dicha Parte se
compromete a informar al Prestador y a la otra Parte inmediatamente, y a enviar
seguidamente fotografías de alta resolución e informe escrito que den cuenta de la
incidencia, circunstancias y acciones llevadas a cabo al Prestador y a la otra Parte así
como, en su caso, informar a la compañía aseguradora. Así mismo, se compromete a
cumplir con toda instrucción ulterior del Prestador respecto a esa/s obra/s. Excepto en
caso de emergencia, y a fin exclusivamente de prevenir daños más graves, el Prestador
cve: BOE-A-2024-23523
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Núm. 273