Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-23517)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo franja para el personal de conducción de Intermodalidad de Levante, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273
Martes 12 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 144383
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
23517
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo franja para el personal
de conducción de Intermodalidad de Levante, SL.
Visto el Convenio colectivo franja para el personal de conducción de la empresa
Intermodalidad de Levante, SL (código de convenio número 90104760012024), que fue
suscrito con fecha 13 de junio de 2024, de una parte por las personas designadas por la
Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por la sección sindical
de SEMAF, en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido subsanado
mediante acta de fecha 15 de octubre de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de
octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 31 de octubre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
I CONVENIO FRANJA CONDUCCIÓN DE LA EMPRESA INTERMODALIDAD
DE LEVANTE, SL (IRYO)
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Son firmantes del presente Convenio franja de Conducción, de una parte, las
personas designadas por la Dirección de la Empresa intermodalidad de Levante SA
(ILSA), como parte empresarial, y de otra las personas designadas por la parte social
mediante proceso electoral, conforme a lo establecido en el artículo 87.1 del Estatuto de
los Trabajadores, resultando elegidos la Sección Sindical del Sindicato Español de
Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (SEMAF), en adelante RPT, integrando ambas
partes la Comisión Negociadora, reconociéndose mutuamente legitimación para
concertar el presente Convenio franja de Conducción.
cve: BOE-A-2024-23517
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Legitimación.
Núm. 273
Martes 12 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 144383
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
23517
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo franja para el personal
de conducción de Intermodalidad de Levante, SL.
Visto el Convenio colectivo franja para el personal de conducción de la empresa
Intermodalidad de Levante, SL (código de convenio número 90104760012024), que fue
suscrito con fecha 13 de junio de 2024, de una parte por las personas designadas por la
Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por la sección sindical
de SEMAF, en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido subsanado
mediante acta de fecha 15 de octubre de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de
octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 31 de octubre de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
I CONVENIO FRANJA CONDUCCIÓN DE LA EMPRESA INTERMODALIDAD
DE LEVANTE, SL (IRYO)
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Son firmantes del presente Convenio franja de Conducción, de una parte, las
personas designadas por la Dirección de la Empresa intermodalidad de Levante SA
(ILSA), como parte empresarial, y de otra las personas designadas por la parte social
mediante proceso electoral, conforme a lo establecido en el artículo 87.1 del Estatuto de
los Trabajadores, resultando elegidos la Sección Sindical del Sindicato Español de
Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (SEMAF), en adelante RPT, integrando ambas
partes la Comisión Negociadora, reconociéndose mutuamente legitimación para
concertar el presente Convenio franja de Conducción.
cve: BOE-A-2024-23517
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Legitimación.