Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Deporte universitario. Campeonatos de España. (BOE-A-2024-23514)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan los Campeonatos de España universitarios para el año 2025 y se establece el procedimiento para su desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 12 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 144292

4. El escrito de la Federación Deportiva Española según modelo contemplado en el
anexo III, debidamente sellado y firmado.
5. La conformidad de las instalaciones según modelo contemplado en el anexo IV
firmado por el Asesor Técnico del CEDU.
6. Aquellas universidades que, por primera vez, deseen organizar una modalidad
deportiva no contemplada en el programa oficial de los Campeonatos de España
Universitarios (CEU) deberán presentar la siguiente documentación:
a) Proyecto técnico-deportivo (anexo I).
b) Presupuesto detallado (anexo II).
c) Escrito de la Federación Deportiva Española correspondiente (anexo III).
d) Encuesta dirigida a las universidades miembros del Comité Español de Deporte
Universitario (CEDU), en la que se recoja la intención de participación de dichas
universidades en la nueva modalidad deportiva. Esta encuesta deberá incluir un
desglose detallado de la asistencia prevista, diferenciando entre la participación
masculina y femenina, con el fin de evaluar la viabilidad y el interés general en la
competición.
7. Si la solicitud no reúne los requisitos necesarios se requerirá al interesado para
que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su
petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el
artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Ahora bien, al respecto sobre esta
posibilidad de subsanación, y siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el
interesado podrá subsanar la documentación presentada en la solicitud hasta el momento
que se dicte resolución teniendo por desistido al solicitante, sin que la Administración al
dictar su resolución pueda desconocer o prescindir de la documentación añadida o
incorporada con posterioridad al plazo concedido inicialmente.
Quinto. Valoración de las solicitudes de organización presentadas y propuesta de
resolución de entidades organizadoras.
1. Para el estudio de los proyectos presentados por las universidades candidatas
en 2025 y posibles proyectos de 2026, se asignará a las mismas hasta un máximo
de 100 puntos, según el estudio de los siguientes parámetros:
a) Número de deportes que organiza. Tendrán prioridad las candidaturas con más
de una modalidad deportiva en fechas y lugares coincidentes. (Máximo 15 puntos).
b) Proyectos de promoción y divulgación de práctica físico-deportiva entre el
alumnado durante el curso académico 2024-2025 de las disciplinas que vaya a organizar
en los CEU 2025. (Máximo 10 puntos).
c) Instalaciones deportivas: enumerar las instalaciones deportivas y la adecuación
de sus condiciones a la modalidad deportiva a desarrollar. (Máximo 10 puntos).
d) Recursos para la Secretaría de organización: especificar los recursos
económicos, humanos y materiales a utilizar por la Secretaría General del Campeonato.
(Máximo 10 puntos).
e) Oferta hotelera: previsión de ocupación hotelera con el fin de garantizar el
adecuado alojamiento de todos los participantes. (Máximo 10 puntos).
f) Presupuesto general del proyecto: desglose presupuestario de gastos e ingresos
de todos los conceptos incluidos en la organización del Campeonato. (Máximo 15
puntos).
g) Implicación y colaboración de otras Instituciones o Entidades. (Máximo 10
puntos).
h) Asistencia médico-sanitaria que cubra la responsabilidad civil de quienes
participen y organicen en la competición. (Máximo 10 puntos).

cve: BOE-A-2024-23514
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Núm. 273