Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-23396)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Enlace de Robledo. Conexión de las autovías A-66 y AS-II».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272

Lunes 11 de noviembre de 2024

Relación de consultados*

Sec. III. Pág. 143626

Respuestas
recibidas

Dirección General de Calidad Ambiental-Consejería de Transición Ecológica,
Industria y Desarrollo Económico.



Dirección General del Agua – Consejería de Transición Ecológica, Industria y
Desarrollo Económico.

No

Dirección General de Ordenación del Territorio-Consejería de Ordenación del
Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos.

No

Dirección General de Patrimonio Cultural-Consejería de Cultura, Política
Lingüística y Deporte.

No

Dirección General de Salud Pública y Atención a la Salud Mental-Consejería de
Salud.



Dirección General de Transportes – Viceconsejería de Infraestructuras y
Movilidad-Consejería de Fomento, Corporación Local y Prevención de Incendios.

No

Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA)-Consejería de
Fomento, Cooperación Local y Prevención de Incendios.

No

Administración Local
Ayuntamiento de Llanera (Asturias).

No
Entidades

Asociación Asturiana de Amigos de la Naturaleza (ANA).

No

Ecoloxistes n'Aición d'Asturies.

No

SEO/Birdlife.

No

WWF/ADENA.

No

* Denominación en el momento de la consulta; pueden haber sufrido cambios por modificaciones
organizativas en las Administraciones.

a) Características del proyecto. El enlace de Robledo aprovecha la estructura actual
de las calzadas de las carreteras A-66 y AS-II para crear cuatro nuevos movimientos, que
conecten ambas autovías en el término municipal de Llaneras (Principado de Asturias).
Los nuevos ramales son:





Conexión de la A-66 con la AS-II sentido Gijón (norte).
Conexión de la AS-22 con A-66 sentido Serín (norte).
Conexión AS-II con A-66 sentido Oviedo (sur).
Conexión de la A-66 con AS-II sentido Oviedo (sur).

Para mantener la conexión con las construcciones existentes en las inmediaciones
del proyecto, está previsto el acondicionamiento y creación de varios caminos.

cve: BOE-A-2024-23396
Verificable en https://www.boe.es

Como consecuencia del resultado de las consultas y del análisis realizado, con fecha 1
de julio de 2024, se remite al promotor un requerimiento de pronunciamiento en relación con
el cumplimiento de las prescripciones indicadas en los informes recibidos y se informa de
determinadas cuestiones que deben ser completadas en la documentación ambiental.
Con fecha 17 de julio de 2024, el promotor acepta la totalidad de las prescripciones
trasladadas y, el 1 de agosto de 2024, aporta la información complementaria solicitada.
Analizada la documentación obrante en el expediente y considerando las respuestas
recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II del título II, según los criterios
del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.