Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-23399)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública de la línea eléctrica subterránea a 30 kV entre las instalaciones fotovoltaicas Fornax II/Fornax III y la subestación SET Promotores Magallón 30/400 kV, para la evacuación de las instalaciones fotovoltaicas Fornax II y Fornax III, en Pozuelo de Aragón y Pedrola (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272

Lunes 11 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 143651

de la Provincia de Zaragoza», a los efectos previstos en el citado Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La declaración de utilidad pública no será de aplicación a las parcelas siguientes:
50205A00900007,
50205A00909001,
50205A00909007,
50205A01000002,
50205A10400006,
50205A10500005,
50205A10500008,
50205A10500010,
50205A10500011,
50205A01200002,
50205A01209003,
50205A10500001,
50205A10500002, y 50205A10500004.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que
sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el
condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la
instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del
Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la
provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaria de Estado de
Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación
de la presente resolución, el último que se produzca.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

cve: BOE-A-2024-23399
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Madrid, 23 de octubre de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X