Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-23398)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SAU, autorización administrativa previa para el módulo de generación fotovoltaica Cerro del Palo, de 41,244 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque eólico existente, Cerro del Palo, en Vara de Rey, Sisante y Tébar (Cuenca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272

Lunes 11 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 143638

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Iberdrola Renovables Castilla-La
Mancha, SAU, autorización administrativa previa para el módulo de
generación fotovoltaica Cerro del Palo, de 41,244 MW de potencia instalada,
y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque eólico
existente, Cerro del Palo, en Vara de Rey, Sisante y Tébar (Cuenca).

Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, SAU, en adelante, el promotor, solicitó,
con fecha 31 de marzo de 2021, subsanada posteriormente en fecha 18 de mayo
de 2021, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción
del módulo de generación fotovoltaica Cerro del Palo, de 41,244 MW de potencia
instalada, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque eólico
existente, Cerro del Palo, en los términos municipales de Vara de Rey, Sisante y Tébar,
en la provincia de Cuenca. La citada infraestructura de evacuación consiste en una línea
subterránea de media tensión de 20 kV hasta la subestación eléctrica existente Cuesta
Colorada 20/132 kV, la cual será modificada para adaptarse a la incorporación de la
nueva planta fotovoltaica.
El promotor es titular del parque eólico existente Cerro del Palo, de 49,5 MW, situado
en los términos municipales de Sisante y Tébar, en la provincia de Cuenca, inscrito de
forma definitiva en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía
Eléctrica con el número de registro RE-002060, contando con permiso de acceso y
conexión a la red de transporte en la subestación eléctrica SE Olmedilla 400 KV,
propiedad de Red Eléctrica de España SA.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Albacete y Cuenca, y se tramitó de conformidad con lo
previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha, la Oficina Española de Cambio Climático y de la Dirección General
de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones del Servicio de Obras Provinciales de la Diputación
Provincial de Cuenca, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de la Dirección
General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Delegación provincial en Cuenca de la
Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, y de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en las que se establecen
condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos
organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de

cve: BOE-A-2024-23398
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