Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-23411)
Orden ISM/1245/2024, de 7 de noviembre, por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 143733

Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 15 de noviembre de 2023, cuando la entidad
competente para el reconocimiento del referido complemento por maternidad sea el
Instituto Social de la Marina.
Trigésimo tercero. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección
General de Ordenación Jurídica de la Seguridad Social.
Se aprueba la delegación de la persona titular de la Dirección General de Ordenación
de la Seguridad Social en la persona titular de la Subdirección General de Ordenación
Jurídica de la Seguridad Social del ejercicio de la competencia de resolución, en vía de
recurso, de los expedientes de imposición de sanciones en materia de Seguridad Social.
Trigésimo cuarto. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección
General de Inmigración y Movilidad Internacional.
Se aprueba la delegación de la persona titular de la Dirección General de Gestión
Migratoria en la persona titular de la Subdirección General de Inmigración y Movilidad
Internacional, del ejercicio de las competencias siguientes:
a) La valoración de las ofertas genéricas presentadas por grandes empresas u
organizaciones empresariales al amparo de la normativa sobre gestión colectiva de
contrataciones en origen, contenida en el título VIII del Reglamento de la Ley
Orgánica 4/2000, y en la correspondiente orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones y, en su caso, la resolución de los procedimientos sobre las
autorizaciones de residencia temporal y trabajo correspondientes a los trabajadores
seleccionados.
b) La resolución del procedimiento sobre autorizaciones de residencia previsto en el
artículo 76 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización, así como las resoluciones de oposición a la movilidad referidas en
la sección 2.ª del título V de la citada ley.
c) La resolución de los procedimientos por los que se determine que la autorización
de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, solicitada a partir de la titularidad de
un visado de búsqueda de empleo, pueda ser concedida para un ámbito territorial u
ocupación distintos a los previstos en dicho visado, en los términos establecidos en el
artículo 177.3 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
Trigésimo quinto. Delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección
General de Gestión y Fondos Europeos.
Se aprueba la delegación de la persona titular de la Dirección General de Gestión
Migratoria en la persona titular de la Subdirección General de Gestión y Fondos
Europeos del ejercicio de la competencia relativa a la propuesta de realización de los
pagos (Propuesta de Mandamiento de Pagos-PMP) en el ámbito de sus competencias.
Trigésimo sexto. Delegación de competencias en las personas titulares de la
Subdirección General de Gestión de Plazas e Itinerarios de Atención Humanitaria y
del Sistema de Acogida de Protección Internacional y de las Direcciones de los
Centros de Migraciones.
Se aprueba la delegación de la persona titular de la Dirección General de Atención
Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional del ejercicio de las
competencias sobre la iniciación, ordenación, instrucción y resolución de los
procedimientos administrativos de ingreso, traslado, prórroga y baja de las personas
destinatarias del Sistema de Acogida de Protección Internacional y del resto de
programas competencia de esa Dirección General, gestionados directamente en centros
de migraciones dependientes de la Secretaría de Estado de Migraciones, e
indirectamente a través de entidades no gubernamentales.

cve: BOE-A-2024-23411
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Núm. 272