Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-23315)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se publica el Convenio con la Fundación Bancaria Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona, «la Caixa», para la atención integral a personas con enfermedades avanzadas y para la humanización de la asistencia sanitaria en situaciones de cronicidad y vulnerabilidad social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271

Sábado 9 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 143229

En caso de resolución por mutuo acuerdo, el acuerdo de resolución requiere la
autorización de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y Función Pública,
de conformidad con lo previsto en la letra c) del apartado 2 del artículo 50 de la ley, así como
la inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal (REOICO) pero no su publicación en el BOE. Asimismo, al tratarse
de una resolución por mutuo acuerdo no es necesario que se acompañe de una memoria
justificativa, ni de los informes preceptivos.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las
partes firmantes, procediendo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2.c) de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cualquiera de
ellas podrá acordar la resolución unilateral de presente convenio, no estando prevista
indemnización.
La denuncia expresa del presente convenio por una de las partes, deberá realizarse
por la parte interesada con un plazo mínimo de antelación de tres meses a la fecha en
que se pretenda su expiración.
Constatada la concurrencia de las causas de resolución previstas anteriormente y con
carácter previo a la liquidación del convenio, la Comisión de Seguimiento y Control analizará
las obligaciones que se hallen en curso de ejecución decidiendo la forma de proceder
respecto de las mismas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización.
Novena.

Difusión de actividades.

Para la difusión de las actividades de este convenio en soportes que no sean de uso
web, se utilizará el logotipo del Ministerio de Sanidad según lo dispuesto en el «Manual
de Imagen Institucional de la Administración General del Estado», aprobado por Orden
de 27 de septiembre de 1999 en desarrollo del Real Decreto 1465/1999, de 17 de
septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la
producción documental y material impreso de la Administración General del Estado, y
por la Resolución de 2 de abril de 2007, de la Secretaría General para la Administración
Pública, por la que se modifica el Manual de Imagen Institucional de la Administración
General del Estado y la Guía para la edición y publicación de páginas web en la
Administración General del Estado, aprobada por Resolución de 9 de marzo de 2005, de
la Secretaría General para la Administración Pública.
Naturaleza del convenio y jurisdicción.

El presente convenio es un instrumento de colaboración de naturaleza administrativa
de los previstos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, quedando sometido al régimen jurídico de convenios previsto
en el capítulo VI de su título preliminar.
En ningún caso la firma del presente convenio generará ningún tipo de vínculo
contractual ni laboral entre las partes firmantes y tampoco con aquellas personas
jurídicas o físicas que la otra parte precise contratar para desarrollar las actividades
propias del mismo.
Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos,
interpretación, modificación o resolución del presente convenio serán resueltas entre las
partes de manera amistosa en el seno de la Comisión de Seguimiento y Control prevista
en la cláusula cuarta del presente convenio. En caso contrario serán de conocimiento y
competencia de los Juzgados y Tribunales de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.
Y, de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que
legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las
Instituciones que representan, suscriben el presente convenio.–Por el Ministerio de
Sanidad, el Director General de Salud Pública y Equidad en Salud, Pedro Gullón Tosio.–
Por la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «la Caixa», el
Subdirector General, Marc Simón Martínez.

cve: BOE-A-2024-23315
Verificable en https://www.boe.es

Décima.