Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Ganadería. Control del rendimiento. (BOE-A-2024-23304)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publican las recomendaciones del Comité Internacional para el Control del Rendimiento Animal, de acuerdo con las instrucciones de aplicación de las mismas establecidas por la Comisión Nacional de Control Lechero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271
Sábado 9 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143096
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
23304
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de
Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publican las
recomendaciones del Comité Internacional para el Control del Rendimiento
Animal, de acuerdo con las instrucciones de aplicación de las mismas
establecidas por la Comisión Nacional de Control Lechero.
Madrid, 31 de octubre de 2024.–La Directora General de Producciones y Mercados
Agrarios, Elena Busutil Fernández.
cve: BOE-A-2024-23304
Verificable en https://www.boe.es
La disposición final quinta del Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se
regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies
bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al
control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia
agraria, establece que mediante resolución de la Dirección General de Producciones y
Mercados Agrarios, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se harán
públicos los protocolos de control lechero de las especies bovina, ovina y caprina de
acuerdo con las instrucciones de aplicación de las mismas establecidas por la Comisión
nacional del control lechero, para su adecuación a la normativa comunitaria o a las
recomendaciones o reglamentaciones del Comité Internacional para el Control del
Rendimiento Animal (ICAR).
Por medio de la Resolución de 10 de diciembre de 2020, de la Dirección General de
Producciones y Mercados Agrarios, se publicaron las recomendaciones del ICAR, de
acuerdo con las instrucciones de aplicación de las mismas establecidas por la Comisión
nacional del control lechero oficial, y se introdujeron algunas modificaciones en los
reglamentos de control lechero, que afectaban fundamentalmente a aspectos meramente
técnicos contemplados en los mismos.
Posteriormente, por la publicación del nuevo Real Decreto 663/2023, de 18 de julio y
a propuesta de los miembros de la Comisión nacional de control lechero, se ha estimado
necesario introducir otras modificaciones para adaptar esta resolución a la nueva
normativa de control de rendimiento lechero y para modificar aspectos técnicos de la
metodología del control lechero, por lo que se han aprobado por la Comisión nacional del
control lechero nuevas instrucciones de aplicación de las recomendaciones del ICAR.
Por ello, y a los efectos previstos en la disposición final quinta del Real
Decreto 663/2023, de 18 de julio, se hacen públicas las recomendaciones del ICAR, de
acuerdo con las instrucciones de aplicación de éstas establecidas por la Comisión
nacional del control lechero, que se contienen en los anexos de esta resolución.
La presente resolución deja sin efectos la Resolución de 10 de diciembre de 2020, de
la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios.
La presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en
alzada ante la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la misma, de acuerdo
con lo establecido en los artículos 121 y concordantes de la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Núm. 271
Sábado 9 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 143096
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
23304
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Dirección General de
Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publican las
recomendaciones del Comité Internacional para el Control del Rendimiento
Animal, de acuerdo con las instrucciones de aplicación de las mismas
establecidas por la Comisión Nacional de Control Lechero.
Madrid, 31 de octubre de 2024.–La Directora General de Producciones y Mercados
Agrarios, Elena Busutil Fernández.
cve: BOE-A-2024-23304
Verificable en https://www.boe.es
La disposición final quinta del Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se
regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies
bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al
control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia
agraria, establece que mediante resolución de la Dirección General de Producciones y
Mercados Agrarios, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se harán
públicos los protocolos de control lechero de las especies bovina, ovina y caprina de
acuerdo con las instrucciones de aplicación de las mismas establecidas por la Comisión
nacional del control lechero, para su adecuación a la normativa comunitaria o a las
recomendaciones o reglamentaciones del Comité Internacional para el Control del
Rendimiento Animal (ICAR).
Por medio de la Resolución de 10 de diciembre de 2020, de la Dirección General de
Producciones y Mercados Agrarios, se publicaron las recomendaciones del ICAR, de
acuerdo con las instrucciones de aplicación de las mismas establecidas por la Comisión
nacional del control lechero oficial, y se introdujeron algunas modificaciones en los
reglamentos de control lechero, que afectaban fundamentalmente a aspectos meramente
técnicos contemplados en los mismos.
Posteriormente, por la publicación del nuevo Real Decreto 663/2023, de 18 de julio y
a propuesta de los miembros de la Comisión nacional de control lechero, se ha estimado
necesario introducir otras modificaciones para adaptar esta resolución a la nueva
normativa de control de rendimiento lechero y para modificar aspectos técnicos de la
metodología del control lechero, por lo que se han aprobado por la Comisión nacional del
control lechero nuevas instrucciones de aplicación de las recomendaciones del ICAR.
Por ello, y a los efectos previstos en la disposición final quinta del Real
Decreto 663/2023, de 18 de julio, se hacen públicas las recomendaciones del ICAR, de
acuerdo con las instrucciones de aplicación de éstas establecidas por la Comisión
nacional del control lechero, que se contienen en los anexos de esta resolución.
La presente resolución deja sin efectos la Resolución de 10 de diciembre de 2020, de
la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios.
La presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en
alzada ante la Secretaria General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la misma, de acuerdo
con lo establecido en los artículos 121 y concordantes de la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.