Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Pesca marítima. (BOE-A-2024-23256)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 8 de febrero de 2024, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería del abadejo («Pollachius pollachius») de la división CIEM 8C (POL/08C) y en la subzona 9 (stock POL/9/3411).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Viernes 8 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 142883

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
23256

Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca,
por la que se modifica la de 8 de febrero de 2024, por la que se establecen
disposiciones de ordenación de la pesquería del abadejo («Pollachius
pollachius») de la división CIEM 8C (POL/08C) y en la subzona 9 (stock
POL/9/3411).

Mediante la Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Pesca,
por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería del abadejo
(Pollachius pollachius) de la división CIEM 8C (POL/08C) y en la subzona 9 (stock
POL/9/3411), se fijó, una cuota inicial para España del stock POL/08C de 70 toneladas
para la campaña 2024 y la misma cantidad para la campaña 2025. A esta cantidad se le
añadió la flexibilidad interanual de la campaña anterior, por lo que la cantidad de cuota
inicial disponible era de 70,678 toneladas. Se establece, además, la posibilidad de usar
hasta el 100 % de la cuota del stock POL/9/3411 en zona 8C (condición especial
POL/*08C.) si bien, se valorará hasta qué punto se podrá aplicar esta condición especial,
de forma que la flota autorizada a ejercer pesquería del abadejo en la zona 9 no se vea
perjudicada.
Por otra parte, la pesquería de abadejo de la zona 9 (POL/9/3411) tuvo una cuota
inicial para España de 93 toneladas para la campaña 2024 y la misma cantidad para la
campaña 2025. Dicha cantidad se vio incrementada con la flexibilidad interanual
generada en la campaña anterior, por lo que la cantidad de cuota inicial disponible era
de 113,80 toneladas.
En el apartado segundo de la mencionada resolución se establecía un tope de
captura por buque y día para las capturas de ambos stocks de 10 kg/buque y día para el
caso del palangre de fondo en Cantábrico Noroeste y de 5 kg/buque y día para el resto
de las modalidades.
Posteriormente, a la vista de la evolución de los consumos de esta especie y a
petición del sector, se modificó la citada resolución mediante Resolución de 23 de
febrero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, para flexibilizar la periodicidad de
los topes de captura establecidos para las distintas modalidades autorizadas a la
pesquería del abadejo que realizan comunicación electrónica diaria de las capturas bien,
mediante diario electrónico o bien por otro dispositivo de transmisión electrónica de la
información debidamente autorizado por la Dirección General de Ordenación Pesquera y
Acuicultura. Así, aquellas flotas que ya disponen de dichos dispositivos y que ya vienen
realizando una comunicación electrónica diaria, pasaron a tener un tope semanal de 50
y 25 kg/buque para el palangre de fondo en Cantábrico Noroeste y para el resto de las
modalidades, respectivamente.
En base al dictamen del Comité Científico, Técnico y Económico de Pesca (CCTEP)
sobre el impacto socioeconómico de mantener los TAC de abadejo (Pollachius
pollachius) en la división 8c y las subzonas 9 y 10 del CIEM y en las aguas de la Unión
de la división 34.1.1 del CPACO para 2024 en el nivel recomendado por el Consejo
Internacional para la Exploración del Mar (CIEM), el pasado 11 de octubre se publicó el
Reglamento (UE) 2024/2678 del Consejo de 10 de octubre de 2024 que modifica el
Reglamento (UE) 2024/257 por el que se fijan para 2024, 2025 y 2026 las posibilidades
de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión y, en
el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes
a la Unión, y el Reglamento (UE) 2023/194 por el que se fijan para 2023 y 2024 donde

cve: BOE-A-2024-23256
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