Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-23249)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Universidad Alfonso X el Sabio, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes de grado y postgrado universitario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 142822
IX. Las partes, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y de acuerdo con lo
establecido en la normativa de la Universidad de Prácticas Académicas Externas,
acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Por el presente convenio se establece el Programa de Cooperación Educativa entre
la Universidad Alfonso X el Sabio y el CSD para la realización de prácticas académicas
externas, trabajos fin de Grado y trabajos fin de Máster Universitario por parte del
alumnado de la Universidad Alfonso X el Sabio, de las titulaciones de Grado/Máster
Universitario en:
– Grado en Medicina.
– Máster universitario en Fisioterapia Deportiva.
Siempre que guarden relación con la materia y competencia propia del CSD, que
conduzcan a completar sus estudios universitarios.
Por cada práctica se cumplimentará el anexo de titulación o anexo I adjunto a este
convenio.
Adicionalmente a lo anterior, se firmará un anexo del Estudiante o anexo II adjunto a
este convenio, en el que en el que se consignarán los datos personales del estudiante
que realizará las prácticas, la duración y horario de las éstas, los tutores que las dos
entidades designan como responsables de las prácticas, las tareas a realizar, la
ausencia o no de ayudas al estudio y el régimen de permisos. Este documento será
firmado por el estudiante y por representantes de las dos partes firmantes del convenio.
Las prácticas académicas externas que, al amparo del presente convenio, puede
realizar el alumnado de la Universidad Alfonso X el Sabio son «prácticas curriculares» y
«prácticas extracurriculares».
Segunda.
Normativa.
El presente convenio se acoge a lo establecido en la normativa vigente, a lo
dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y a lo
preceptuado en el en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y en la normativa
específica de la Universidad Alfonso X el Sabio.
A.
Condiciones generales del convenio.
Oferta del CSD.
Con la finalidad de cumplir con el objeto de este convenio, el CSD definirá, junto a la
Universidad, el número de plazas de prácticas a cubrir por los estudiantes, así como la
naturaleza y duración de estas, con suficiente antelación al comienzo de cada curso
académico.
Una vez determinado el número de plazas, naturaleza y duración de estas, se
procederá a suscribir por cada alumno el anexo II adjunto a este convenio, en el que se
detallarán los pormenores del programa formativo a seguir con ellos.
B.
Modalidades de prácticas académicas externas.
Las prácticas académicas externas podrán ser curriculares o extracurriculares.
a) Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas
integrantes del Plan de Estudios de que se trate.
cve: BOE-A-2024-23249
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 270
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 142822
IX. Las partes, al amparo del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y de acuerdo con lo
establecido en la normativa de la Universidad de Prácticas Académicas Externas,
acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Por el presente convenio se establece el Programa de Cooperación Educativa entre
la Universidad Alfonso X el Sabio y el CSD para la realización de prácticas académicas
externas, trabajos fin de Grado y trabajos fin de Máster Universitario por parte del
alumnado de la Universidad Alfonso X el Sabio, de las titulaciones de Grado/Máster
Universitario en:
– Grado en Medicina.
– Máster universitario en Fisioterapia Deportiva.
Siempre que guarden relación con la materia y competencia propia del CSD, que
conduzcan a completar sus estudios universitarios.
Por cada práctica se cumplimentará el anexo de titulación o anexo I adjunto a este
convenio.
Adicionalmente a lo anterior, se firmará un anexo del Estudiante o anexo II adjunto a
este convenio, en el que en el que se consignarán los datos personales del estudiante
que realizará las prácticas, la duración y horario de las éstas, los tutores que las dos
entidades designan como responsables de las prácticas, las tareas a realizar, la
ausencia o no de ayudas al estudio y el régimen de permisos. Este documento será
firmado por el estudiante y por representantes de las dos partes firmantes del convenio.
Las prácticas académicas externas que, al amparo del presente convenio, puede
realizar el alumnado de la Universidad Alfonso X el Sabio son «prácticas curriculares» y
«prácticas extracurriculares».
Segunda.
Normativa.
El presente convenio se acoge a lo establecido en la normativa vigente, a lo
dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y a lo
preceptuado en el en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las
prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y en la normativa
específica de la Universidad Alfonso X el Sabio.
A.
Condiciones generales del convenio.
Oferta del CSD.
Con la finalidad de cumplir con el objeto de este convenio, el CSD definirá, junto a la
Universidad, el número de plazas de prácticas a cubrir por los estudiantes, así como la
naturaleza y duración de estas, con suficiente antelación al comienzo de cada curso
académico.
Una vez determinado el número de plazas, naturaleza y duración de estas, se
procederá a suscribir por cada alumno el anexo II adjunto a este convenio, en el que se
detallarán los pormenores del programa formativo a seguir con ellos.
B.
Modalidades de prácticas académicas externas.
Las prácticas académicas externas podrán ser curriculares o extracurriculares.
a) Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas
integrantes del Plan de Estudios de que se trate.
cve: BOE-A-2024-23249
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.