Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-23240)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plaza de personal laboral, categoría Titulado Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 142708
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente,
tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los
miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que
fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará
adjuntando el título vigente de tal condición.
3.5 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6 Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33
por 100 podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de
solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar fotocopia del Dictamen Técnico
Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el
grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada
la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el
dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.7 El plazo de presentación de solicitudes para las cuatro etapas del presente
proceso selectivo será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Igualmente se
publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía», «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la página web del área de
Personal de la Universidad de Cádiz.: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada las listas
provisionales de admisión y exclusión de aspirantes para cada una de las etapas. En
dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del área de Personal https://
personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa de personas aspirantes
admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, las causas de exclusión.
4.2 Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página
web, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se
realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma
telemática en la Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no
subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos
de la participación en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará
pública, del mismo modo arriba señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos.
cve: BOE-A-2024-23240
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270
Viernes 8 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 142708
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente,
tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los
miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que
fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará
adjuntando el título vigente de tal condición.
3.5 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6 Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33
por 100 podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de
solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar fotocopia del Dictamen Técnico
Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el
grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada
la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el
dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.7 El plazo de presentación de solicitudes para las cuatro etapas del presente
proceso selectivo será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la
publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Igualmente se
publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía», «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la página web del área de
Personal de la Universidad de Cádiz.: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada las listas
provisionales de admisión y exclusión de aspirantes para cada una de las etapas. En
dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del área de Personal https://
personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa de personas aspirantes
admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, las causas de exclusión.
4.2 Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página
web, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se
realizará a través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma
telemática en la Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no
subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos
de la participación en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará
pública, del mismo modo arriba señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos.
cve: BOE-A-2024-23240
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270