Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23149)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Estepona n.º 2, por la que, tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, constando oposición, se suspende la inscripción de la georreferenciación alternativa de una finca registral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Jueves 7 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 142371

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23149

Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de Estepona n.º 2, por la que, tras
la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria,
constando oposición, se suspende la inscripción de la georreferenciación
alternativa de una finca registral.

En el recurso interpuesto por don P. J. O. T., en nombre y representación de la
entidad «Naves Industriales Las Medranas, SL», contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Estepona número 2, don Ricardo Alfaro Roa, por la que
tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, constando
oposición, se suspende la inscripción de la georreferenciación alternativa de una finca
registral ubicada en Estepona.
Hechos
I
Mediante instancia fechada el 27 de diciembre de 2023, acompañada de otra
fechada el día 5 de enero de 2024, se solicitaba, conforme al artículo 199 de la Ley
Hipotecaria, la inscripción de la georreferenciación alternativa de la finca registral
número 47.264 del Registro de Estepona número 2, la cual tenía una superficie inscrita
de 1.208.925 metros cuadrados y se pretendía ampliar de modo georreferenciado
a 1.211.904 metros cuadrados (exceso de cabida relativo de un 0,25 % respecto de la
superficie inscrita).
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Estepona número 2,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Visto por Don Ricardo Alfara Roa, Registrador de la Propiedad Número Dos del
Distrito Hipotecario de Estepona, Provincia de Málaga, el procedimiento registral
identificado con el número de entrada 82, iniciado como consecuencia de presentación
en el mismo Registro, de los documentos que se dirán, en virtud de solicitud de
inscripción.
En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad de los documentos
presentados, obrantes en el procedimiento de referencia, resultan los siguientes:

I. El documento objeto de la presente calificación, suscrito el día 05/01/2024, / fue
presentado en este Registro por O. T., P. J., el día 05/01/2024, asiento número 1871 del
Diario 78
II. En dicho documento se han observado las siguientes circunstancias que han
sido objeto de calificación desfavorable:
1. Mediante el título objeto de la presente, se solicita la Inscripción de
Representación Gráfica Alternativa de la finca registral CRU 29037000158009- 47264 de

cve: BOE-A-2024-23149
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Hechos: