Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23148)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Eivissa n.º 4, por la que se deniega la inscripción de una escritura de pacto sucesorio por invadir dominio público marítimo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269
Jueves 7 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 142363
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23148
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de Eivissa n.º 4, por la que se
deniega la inscripción de una escritura de pacto sucesorio por invadir dominio
público marítimo.
En el recurso interpuesto por doña Shadia Nasser García, notaria de Formentera,
contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Eivissa número 4, don
Álvaro Esteban Gómez, por la que deniega la inscripción de una escritura de pacto
sucesorio, por invadir dominio público marítimo.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 5 de abril de 2024 por la notaria de Formentera,
doña Shadia Nasser García, con el número 272 de protocolo, se formalizó el pacto
sucesorio por don J. C. C.
Calificada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Eivissa número 4, se
procedió a la práctica de la anotación preventiva, al amparo del artículo 36 del Real
Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos
de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General
del Estado y sus Organismos Públicos, al lindar la finca objeto de tal pacto por el lindero
sur, con el dominio público marítimo-terrestre, lo que se notificó por vía telemática al
Servicio Periférico de Costas para que emitiera la correspondiente certificación relativa a
la invasión del dominio público marítimo-terrestre por tal finca, recibiéndose por igual
medio, justificante de la notificación el día 2 de mayo de 2024, el acuse de recibo del
Servicio Periférico de Costas el día 5 de mayo de 2024 y el día 3 de junio de 2024 la
certificación emitida el día 27 de mayo de 2024 por la jefa de la Demarcación de Costas
en Illes Balears, doña A. D. G., en la que se declaraba que la finca invadía parcialmente
el dominio público marítimo-terrestre.
II
«Se deniega la inscripción en el Registro de la Propiedad del referido documento con
protocolo número 272 porque con arreglo a la certificación expedida el 27 de mayo
de 2024 por doña A. D. G., Jefa de la Demarcación de Costas en Illes Balears, la
finca 10162 de Formentera –código registral único: 07037000099911–, invade
parcialmente el dominio público marítimo terrestre, no pudiendo procederse a practicar la
inscripción solicitada por ordenarlo el art. 36 del Reglamento de Costas, por lo que se
cancela la anotación de suspensión letra B sobre dicha finca a que se refiere la anterior
nota de despacho, así como la afección fiscal de nota al margen de la misma.
Contra dicha calificación (…)
cve: BOE-A-2024-23148
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con lo expuesto anteriormente, el registrador de la Propiedad del de
Eivissa número 4 procedió a la cancelación de la anotación preventiva practicada,
denegándose la inscripción solicitada en base a lo siguiente:
Núm. 269
Jueves 7 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 142363
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23148
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de Eivissa n.º 4, por la que se
deniega la inscripción de una escritura de pacto sucesorio por invadir dominio
público marítimo.
En el recurso interpuesto por doña Shadia Nasser García, notaria de Formentera,
contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Eivissa número 4, don
Álvaro Esteban Gómez, por la que deniega la inscripción de una escritura de pacto
sucesorio, por invadir dominio público marítimo.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 5 de abril de 2024 por la notaria de Formentera,
doña Shadia Nasser García, con el número 272 de protocolo, se formalizó el pacto
sucesorio por don J. C. C.
Calificada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Eivissa número 4, se
procedió a la práctica de la anotación preventiva, al amparo del artículo 36 del Real
Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos
de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General
del Estado y sus Organismos Públicos, al lindar la finca objeto de tal pacto por el lindero
sur, con el dominio público marítimo-terrestre, lo que se notificó por vía telemática al
Servicio Periférico de Costas para que emitiera la correspondiente certificación relativa a
la invasión del dominio público marítimo-terrestre por tal finca, recibiéndose por igual
medio, justificante de la notificación el día 2 de mayo de 2024, el acuse de recibo del
Servicio Periférico de Costas el día 5 de mayo de 2024 y el día 3 de junio de 2024 la
certificación emitida el día 27 de mayo de 2024 por la jefa de la Demarcación de Costas
en Illes Balears, doña A. D. G., en la que se declaraba que la finca invadía parcialmente
el dominio público marítimo-terrestre.
II
«Se deniega la inscripción en el Registro de la Propiedad del referido documento con
protocolo número 272 porque con arreglo a la certificación expedida el 27 de mayo
de 2024 por doña A. D. G., Jefa de la Demarcación de Costas en Illes Balears, la
finca 10162 de Formentera –código registral único: 07037000099911–, invade
parcialmente el dominio público marítimo terrestre, no pudiendo procederse a practicar la
inscripción solicitada por ordenarlo el art. 36 del Reglamento de Costas, por lo que se
cancela la anotación de suspensión letra B sobre dicha finca a que se refiere la anterior
nota de despacho, así como la afección fiscal de nota al margen de la misma.
Contra dicha calificación (…)
cve: BOE-A-2024-23148
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con lo expuesto anteriormente, el registrador de la Propiedad del de
Eivissa número 4 procedió a la cancelación de la anotación preventiva practicada,
denegándose la inscripción solicitada en base a lo siguiente: