Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23145)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Figueres a inscribir una escritura de formalización de transmisión de garantías hipotecarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Jueves 7 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 142316

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23145

Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Figueres a inscribir una escritura de
formalización de transmisión de garantías hipotecarias.

En el recurso interpuesto por don Rodrigo Antonio Tena Arregui, notario de Madrid,
contra la negativa del registrador de la Propiedad de Figueres, don Francisco Javier
Guiñales del Real, a inscribir una escritura de formalización de transmisión de garantías
hipotecarias.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 27 de febrero de 2024 por el notario de Madrid,
don Rodrigo Antonio Tena Arregui, con el número 376 de protocolo, se formalizó la
transmisión de determinadas garantías hipotecarias otorgada por «Banco Santander,
SA», como cedente, y la sociedad irlandesa «Promontoria Nereus DAC», como
cesionaria, ésta representada por un apoderado (don I. G. A.), de quien el notario
autorizante de la escritura afirmaba lo siguiente:
«Ejerce esta representación en su condición de apoderado y en el ejercicio de las
facultades que se le atribuyen en escritura de poder especial de 21 de marzo de 2023,
autorizado por el notario de Dublín (Irlanda) don James Jones, cuyo original, redactado
en español e inglés, idioma que conozco suficientemente a los efectos de juzgar su
licitud y legalidad, debidamente apostillado, he tenido a la vista, del que resulta tener
facultades para adquirir préstamos y créditos hipotecarios, en los términos y condiciones
en contenidos en la presente escritura, y que yo, el Notario, considero suficiente a los
efectos de este otorgamiento.»
II
Presentada el día 29 de febrero de 2024 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Figueres, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

Asiento: 1255 Diario: 249 Número de entrada 1408.
Fecha de presentación: 29/02/2024 Hora: 09:00.
Notario autorizante: Rodrigo Tena Arregui.
Fecha del documento: 27 de febrero de 2024.
Número de protocolo: 376 (…)

cve: BOE-A-2024-23145
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