Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23144)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Pastrana-Sacedón, por la que se suspende la inmatriculación de una finca en virtud de una escritura de compraventa y otra escritura de adición de herencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Jueves 7 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 142307

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23144

Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de Pastrana-Sacedón, por la que
se suspende la inmatriculación de una finca en virtud de una escritura de
compraventa y otra escritura de adición de herencia.

En el recurso interpuesto por don A. M. B. C., abogado, en nombre y representación
de don J. T. V., contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de PastranaSacedón, don Javier Casado de Mata, por la que se suspende la inmatriculación de una
finca en virtud de una escritura de compraventa y otra escritura de adición de herencia.
Hechos
I
Mediante una escritura pública autorizada el día 1 de octubre de 2020 por la notaria
de Benetússer, doña María del Pilar Samper Palomo, con el número 1.657 de protocolo,
ratificada por la parte compradora mediante escritura otorgada el día 23 de enero
del 2024 ante el notario de Madrid, don Juan Manuel Lozano Carreras, con el
número 129 de protocolo, doña M. S. D. C. vendía a don J. T. V., que compraba, con
carácter privativo, una finca no inmatriculada en el Registro de la Propiedad de PastranaSacedón, a cuya demarcación hipotecaria pertenecía.
En esta escritura constaba, como título de adquisición por parte de la vendedora, que
fue adquirida por la misma por herencia de su madre, doña G. C. M., en virtud de
escritura de partición de herencias otorgada el día 17 de octubre de 2019 ante la misma
notaria de Benetússer, doña María del Pilar Samper Palomo, con el número 2.094 de
protocolo. Se protocolizaba en esta escritura de compraventa certificación catastral
descriptiva y gráfica de la parcela catastral con la que se decía que se correspondía la
finca transmitida.
En la escritura de manifestación y adjudicación de herencias mencionada, doña M. S. D. C.,
como única heredera de su madre, doña G. C. M., se adjudicó, entre otros bienes, la
finca cuya inmatriculación se pretendía.
II

cve: BOE-A-2024-23144
Verificable en https://www.boe.es

Presentada copia autorizada de dicha escritura de compraventa en el Registro de la
Propiedad de Pastrana-Sacedón, junto con copias autorizadas de las mencionadas
escrituras de ratificación y de manifestación y adjudicación de herencia, así como copia