Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Universidad Internacional Menéndez Pelayo. Precios públicos. (BOE-A-2024-23046)
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, por la que se publican los precios por los servicios académicos conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales y otros servicios para el curso académico 2024/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268

Miércoles 6 de noviembre de 2024
III.

Sec. III. Pág. 141905

Precios públicos por otros servicios
Euros

Apertura de expediente académico.

32,80

Gastos de secretaría.

6,66

Seguro escolar.

1,12

Reconocimiento de créditos.

25 % del crédito
reconocido

Gastos de gestión por prácticas externas.

40,00

Traslados de expediente académico.

29,96

Solicitud de equivalencia a titulación y a nivel académico.

177,18

Defensa de Tesis Doctoral.

143,18

Certificación académica de título oficial.

27,90

Expedición de título de Máster Universitario.

242,02

Expedición de título de Doctor.

245,72

Expedición de duplicados de títulos.

38,80

Publicación en el BOE (extravío, deterioro, rectificación).

163,46

Expedición del Suplemento Europeo al título.

Gratuito

Expedición de duplicados del Suplemento Europeo al título.

44,50

Mención Doctorado Industrial o Doctorado Internacional.

21,80

Tasa de envío de títulos:
España.

16,34

Europa.

32,70

Otros países.

54,48

IV.

Reducciones y beneficios en el régimen de precios

Todas las reducciones y beneficios se vinculan a los precios públicos por servicios
académicos. No se aplicarán a los precios por otros servicios ni al seguro escolar, salvo
que se disponga expresamente lo contrario en esta resolución o por otra norma de rango
superior que le sea aplicable.

a) Ser miembro de Familia Numerosa de Categoría Especial, conforme el
Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias
numerosas, aprobado por el Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre. Los
estudiantes miembros de familias numerosas de categoría especial gozan de una
exención del 100 % en la liquidación de todos los conceptos por servicios académicos y
por otros servicios de esta resolución. Procederá la exención en cualquiera de las
convocatorias de matrículas que se habiliten, siempre que se ostente la condición de
beneficiario de familia numerosa durante el primer período de matrícula.
b) Ser miembro de Familia Numerosa General. Los estudiantes miembros de
familias numerosas de categoría general gozan de una exención del 50 % en la
liquidación de todos los conceptos por servicios académicos y por otros servicios de esta

cve: BOE-A-2024-23046
Verificable en https://www.boe.es

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en otras disposiciones legales o reglamentarias que
resulten de aplicación, obtendrán una bonificación en el pago de los precios públicos por
servicios académicos los estudiantes que cumplan alguno de los siguientes requisitos: