Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23020)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Santa Cruz de Tenerife n.º 4 a inscribir la representación gráfica de una finca y simultánea rectificación de la cabida inscrita, una vez tramitado el procedimiento previsto en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, habiéndose formulado alegaciones por un colindante afectado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141688
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23020
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación extendida por la registradora de la propiedad de Santa Cruz de
Tenerife n.º 4 a inscribir la representación gráfica de una finca y simultánea
rectificación de la cabida inscrita, una vez tramitado el procedimiento previsto
en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, habiéndose formulado alegaciones
por un colindante afectado.
En el recurso interpuesto por don P. F. A., abogado, en nombre y representación de
don G. M. R. C., contra la nota de calificación extendida por la registradora de la
Propiedad de Santa Cruz de Tenerife número 4, doña Paula Calvo Sánchez, a inscribir la
representación gráfica de una finca y simultánea rectificación de la cabida inscrita, una
vez tramitado el procedimiento previsto en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria,
habiéndose formulado alegaciones por un colindante afectado.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita el día 7 de septiembre de 2023, se solicitaba la
inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de la finca registral
número 20.382 del Ayuntamiento de Candelaria, acompañando representación gráfica
georreferenciada alternativa, tomada de informe de validación gráfica catastral de
resultado positivo.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife
número 4, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«La Registradora que suscribe, previo examen y calificación de la escritura que más
abajo se reseña en los hechos, de conformidad con los artículos 18 y 19.bis de la Ley
Hipotecaria, ha dictado la siguiente resolución:
I. Don P. R. F. A. presenta a las once horas y ocho minutos del día siete de
noviembre de dos mil veintitrés, instancia suscrita el día siete de noviembre del año dos
mil veintitrés, por la que se solicita la inscripción de la representación gráfica alternativa
de la finca número 20382 del término municipal de Candelaria.
II. Tramitado el expediente previsto por el art. 199 LH, la Registradora que suscribe
ha acordado no inscribir la base gráfica en los términos solicitados, tal y como resulta de
la diligencia que pone fin al expediente y que se transcribe a continuación:
Diligencia resolutoria:
I. El precedente expediente del art. 199 LH (as. 2001/38, expte. 103/2023) ha sido
tramitado con la finalidad de obtener la inscripción de la base gráfica de la finca 20.382 de
cve: BOE-A-2024-23020
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Hechos:
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141688
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23020
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación extendida por la registradora de la propiedad de Santa Cruz de
Tenerife n.º 4 a inscribir la representación gráfica de una finca y simultánea
rectificación de la cabida inscrita, una vez tramitado el procedimiento previsto
en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, habiéndose formulado alegaciones
por un colindante afectado.
En el recurso interpuesto por don P. F. A., abogado, en nombre y representación de
don G. M. R. C., contra la nota de calificación extendida por la registradora de la
Propiedad de Santa Cruz de Tenerife número 4, doña Paula Calvo Sánchez, a inscribir la
representación gráfica de una finca y simultánea rectificación de la cabida inscrita, una
vez tramitado el procedimiento previsto en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria,
habiéndose formulado alegaciones por un colindante afectado.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita el día 7 de septiembre de 2023, se solicitaba la
inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de la finca registral
número 20.382 del Ayuntamiento de Candelaria, acompañando representación gráfica
georreferenciada alternativa, tomada de informe de validación gráfica catastral de
resultado positivo.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Santa Cruz de Tenerife
número 4, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«La Registradora que suscribe, previo examen y calificación de la escritura que más
abajo se reseña en los hechos, de conformidad con los artículos 18 y 19.bis de la Ley
Hipotecaria, ha dictado la siguiente resolución:
I. Don P. R. F. A. presenta a las once horas y ocho minutos del día siete de
noviembre de dos mil veintitrés, instancia suscrita el día siete de noviembre del año dos
mil veintitrés, por la que se solicita la inscripción de la representación gráfica alternativa
de la finca número 20382 del término municipal de Candelaria.
II. Tramitado el expediente previsto por el art. 199 LH, la Registradora que suscribe
ha acordado no inscribir la base gráfica en los términos solicitados, tal y como resulta de
la diligencia que pone fin al expediente y que se transcribe a continuación:
Diligencia resolutoria:
I. El precedente expediente del art. 199 LH (as. 2001/38, expte. 103/2023) ha sido
tramitado con la finalidad de obtener la inscripción de la base gráfica de la finca 20.382 de
cve: BOE-A-2024-23020
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