Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23018)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Mancha Real, por la que deniega la inscripción de una escritura de segregación y extinción de condominio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141672
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23018
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la
calificación de la registradora de la propiedad de Mancha Real, por la que
deniega la inscripción de una escritura de segregación y extinción de
condominio.
En el recurso interpuesto por don A. O. P. contra la calificación de la registradora de
la Propiedad de Mancha Real, doña Aurora María Barranco Aguayo, por la que deniega
la inscripción de una escritura de segregación y extinción de condominio.
Hechos
I
Se otorgó el día 20 de abril de 2023 ante el notario de Jimena, don Fernando Ruano
Císcar, con el número 129 de protocolo, una escritura de segregación y extinción de
condominio.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Mancha Real, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Entrada: 2375
Asiento de presentación: 1042 del Diario 146
Presentado: veintitrés de noviembre del año dos mil veintitrés
Presentante: O. P., P.
Naturaleza: escritura pública
Objeto: segregación y extinción de condominio
Número de protocolo: 129/2023.
Notario autorizante: Fernando Ruano Císcar
El Registrador de la Propiedad que suscribe, quien bajo su responsabilidad, ha de
resolver acerca de la legalidad de sus formas extrínsecas, la capacidad de los otorgantes
y la validez de los actos contenidos en los mismos, de conformidad con lo establecido en
los artículos 18 y 19 de la Ley Hipotecaria y 98 a 100 del Reglamento para su ejecución,
ha dictado la siguiente nota de calificación, en base a los siguientes hechos y
fundamentos de derecho:
1. El documento calificado, otorgado en Jimena, ante el Notario Don Fernando
Ruano Císcar, el día 20/04/2023, bajo el número 129/2023 de protocolo, que tuvo
entrada en este Registro el día 23/11/2023, a las 11:30:00, con número de entrada 2375,
y que motivó el Asiento 1042 del Diario 146, presentado por Don/ña O. P., P.
2. Dicha escritura se despachó parcialmente el día 10 de enero de 2024,
suspendiéndose la calificación respecto de la finca registral 3.757 de Bedmar,
prorrogándose el asiento de presentación de conformidad con el art. 80 del Real
Decreto 1093/1997 de 4 de julio, pues respecto de ella don A., don F., don P. O. P. y don
cve: BOE-A-2024-23018
Verificable en https://www.boe.es
Hechos:
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141672
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23018
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la
calificación de la registradora de la propiedad de Mancha Real, por la que
deniega la inscripción de una escritura de segregación y extinción de
condominio.
En el recurso interpuesto por don A. O. P. contra la calificación de la registradora de
la Propiedad de Mancha Real, doña Aurora María Barranco Aguayo, por la que deniega
la inscripción de una escritura de segregación y extinción de condominio.
Hechos
I
Se otorgó el día 20 de abril de 2023 ante el notario de Jimena, don Fernando Ruano
Císcar, con el número 129 de protocolo, una escritura de segregación y extinción de
condominio.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Mancha Real, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Entrada: 2375
Asiento de presentación: 1042 del Diario 146
Presentado: veintitrés de noviembre del año dos mil veintitrés
Presentante: O. P., P.
Naturaleza: escritura pública
Objeto: segregación y extinción de condominio
Número de protocolo: 129/2023.
Notario autorizante: Fernando Ruano Císcar
El Registrador de la Propiedad que suscribe, quien bajo su responsabilidad, ha de
resolver acerca de la legalidad de sus formas extrínsecas, la capacidad de los otorgantes
y la validez de los actos contenidos en los mismos, de conformidad con lo establecido en
los artículos 18 y 19 de la Ley Hipotecaria y 98 a 100 del Reglamento para su ejecución,
ha dictado la siguiente nota de calificación, en base a los siguientes hechos y
fundamentos de derecho:
1. El documento calificado, otorgado en Jimena, ante el Notario Don Fernando
Ruano Císcar, el día 20/04/2023, bajo el número 129/2023 de protocolo, que tuvo
entrada en este Registro el día 23/11/2023, a las 11:30:00, con número de entrada 2375,
y que motivó el Asiento 1042 del Diario 146, presentado por Don/ña O. P., P.
2. Dicha escritura se despachó parcialmente el día 10 de enero de 2024,
suspendiéndose la calificación respecto de la finca registral 3.757 de Bedmar,
prorrogándose el asiento de presentación de conformidad con el art. 80 del Real
Decreto 1093/1997 de 4 de julio, pues respecto de ella don A., don F., don P. O. P. y don
cve: BOE-A-2024-23018
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