Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23017)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Olmedo, por la que deniega la anotación de una nueva afección urbanística a los costes de urbanización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268

Miércoles 6 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 141647

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23017

Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de Olmedo, por la que deniega la
anotación de una nueva afección urbanística a los costes de urbanización.

En el recurso interpuesto por don Raúl Gómez Pintado, alcalde-presidente del
Ayuntamiento de Boecillo, contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad
de Olmedo, don Rafael Palencia Moreno, por la que deniega la anotación de una nueva
afección urbanística a los costes de urbanización.
Hechos
I

«(…) las obras de urbanización del mencionado Sector no se han concluido a día de
la fecha, y no se han recibido, por tanto, las mismas.
(…) respecto a las fincas resultantes del Proyecto de Urbanización del Sector 1,
siguen afectos al cumplimiento de la obligación de urbanizar, y de los demás deberes
dimanantes del proyecto, ya que no se han cumplido dichas obligaciones.
(…) la caducidad no comporta la dejación del propietario de sus obligaciones de
abonar los gastos de urbanización, ya que, en tanto que el suelo no haya sido objeto de
una completa transformación urbanística, continúa vinculado (con una carga real) al
pago de dichos gastos por imperativo legal.
Sin embargo, sí que podrá operar esa caducidad respecto a los titulares del dominio
u otros derechos reales cuya inscripción se haya producido sobre las fincas de resultado,
sin intervención en el expediente de equidistribución, y que no se hayan subrogado
voluntariamente en las cargas pendientes de urbanización.
Por el principio de seguridad jurídica y a los efectos de evitar perjuicios a terceros
adquirentes de buena fe.
Por lo que antecede se solicita (…) proceda a la anotación de afección a las cargas
de Urbanización de las siguientes fincas, conforme a la documentación y los datos ya
remitidos en solicitud inicial, y cuya obligación subsiste a día de la fecha.»
II
Presentado el día 21 de mayo del 2024 el indicado documento en el Registro de la
Propiedad de Olmedo, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación negativa:
Asiento 115 Diario 2024

cve: BOE-A-2024-23017
Verificable en https://www.boe.es

Mediante documento administrativo, librado el día 20 de mayo de 2024 por el
Ayuntamiento de Boecillo, se solicitaba por el alcalde-presidente del Ayuntamiento de
Boecillo, don Raúl Gómez Pindado, en el seno del expediente número 553/2024, la
anotación de afección a las cargas de urbanización de las fincas que se relacionaban en
el anexo como parcelas de resultado integrantes en del Proyecto de Actuación del
Sector 1 de Boecillo, cuya obligación subsistía a día de la fecha.
En el documento se hacía constar que: