Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2024-23011)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 22, por la que se deniega la inscripción de una escritura de entrega de legado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141603
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23011
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la
calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 22, por la que se
deniega la inscripción de una escritura de entrega de legado.
En el recurso interpuesto por doña M. R. G. M., abogada, en nombre y
representación del Centro de San Juan de Dios de Ciempozuelos, de la Orden
Hospitalaria de San Juan de Dios, contra la calificación del registrador de la Propiedad
de Madrid número 22, don Adrián Jareño González, por la que se deniega la inscripción
de una escritura de entrega de legado.
Hechos
I
II
Presentada el día 26 de abril de 2024 la referida escritura de entrega de legado en el
Registro de la Propiedad de Madrid número 22, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
«Calificado el precedente documento en el día de hoy, presentado en esta Oficina,
presentado por G. M., R, el día 26/04/2024, bajo el asiento número 1245, del tomo 65 del
cve: BOE-A-2024-23011
Verificable en https://www.boe.es
Mediante escritura autorizada el día 17 de noviembre de 2020 por el notario de
Madrid, don Ignacio García-Noblejas Santa-Olalla, se otorgaba la entrega del legado
ordenado por don P. R. M.; el causante falleció el día 24 de febrero de 2013 bajo la
vigencia de su último testamento, otorgado el día 29 de julio de 2011 ante el notario de
Madrid, don Gabriel Baleriola Lucas, en el que entre otras que no interesan, ordenaba
legado de la nuda propiedad de tres inmuebles –fincas registrales número 54.574,
54.598 y 54.600 del Registro de la Propiedad de Madrid número 22– a favor de los
Hermanos de San Juan de Dios, Obra Social, y del usufructo de los mismos a la que,
además, era instituida como heredera en el resto de los bienes doña E. R. M.
En el Registro de la Propiedad, la finca registral número 54.574 constaba que fue
transmitida en virtud de escritura autorizada el día 7 de febrero de 2024 por el notario de
Madrid, don Valerio Pérez de Madrid Carreras, de elevación a público por la heredera del
testador y por la sociedad compradora de un contrato privado de compraventa, suscrito
en Madrid el día 11 de junio de 2012; esta escritura de elevación a público de contrato
privado de venta fue presentada en el Registro de la Propiedad el día 8 de marzo
de 2024, causando la inscripción 3.ª al folio 152 del Libro 2.957 del Archivo, finca 54574,
de 26 de marzo de 2024.
Las fincas registrales número 54.598 y 54.600 fueron transmitidas en virtud de
escritura otorgada el día 7 de marzo de 2024 ante el notario de Madrid, don Javier de
Lucas Cadenas, de elevación a público por la heredera del testador y una sociedad
compradora, de un contrato privado de compraventa suscrito en Madrid el día 1 de junio
de 2012, presentada en el Registro de la Propiedad el día 7 de marzo de 2024, según
resulta del asiento 602 del Diario 65, habiendo causado la inscripción 3.ª al folio 142 del
Libro 2.957, finca 54.598, y la inscripción 3.ª al folio 137 del Libro 2.957, finca 54.600.
Núm. 268
Miércoles 6 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 141603
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
23011
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la
calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 22, por la que se
deniega la inscripción de una escritura de entrega de legado.
En el recurso interpuesto por doña M. R. G. M., abogada, en nombre y
representación del Centro de San Juan de Dios de Ciempozuelos, de la Orden
Hospitalaria de San Juan de Dios, contra la calificación del registrador de la Propiedad
de Madrid número 22, don Adrián Jareño González, por la que se deniega la inscripción
de una escritura de entrega de legado.
Hechos
I
II
Presentada el día 26 de abril de 2024 la referida escritura de entrega de legado en el
Registro de la Propiedad de Madrid número 22, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
«Calificado el precedente documento en el día de hoy, presentado en esta Oficina,
presentado por G. M., R, el día 26/04/2024, bajo el asiento número 1245, del tomo 65 del
cve: BOE-A-2024-23011
Verificable en https://www.boe.es
Mediante escritura autorizada el día 17 de noviembre de 2020 por el notario de
Madrid, don Ignacio García-Noblejas Santa-Olalla, se otorgaba la entrega del legado
ordenado por don P. R. M.; el causante falleció el día 24 de febrero de 2013 bajo la
vigencia de su último testamento, otorgado el día 29 de julio de 2011 ante el notario de
Madrid, don Gabriel Baleriola Lucas, en el que entre otras que no interesan, ordenaba
legado de la nuda propiedad de tres inmuebles –fincas registrales número 54.574,
54.598 y 54.600 del Registro de la Propiedad de Madrid número 22– a favor de los
Hermanos de San Juan de Dios, Obra Social, y del usufructo de los mismos a la que,
además, era instituida como heredera en el resto de los bienes doña E. R. M.
En el Registro de la Propiedad, la finca registral número 54.574 constaba que fue
transmitida en virtud de escritura autorizada el día 7 de febrero de 2024 por el notario de
Madrid, don Valerio Pérez de Madrid Carreras, de elevación a público por la heredera del
testador y por la sociedad compradora de un contrato privado de compraventa, suscrito
en Madrid el día 11 de junio de 2012; esta escritura de elevación a público de contrato
privado de venta fue presentada en el Registro de la Propiedad el día 8 de marzo
de 2024, causando la inscripción 3.ª al folio 152 del Libro 2.957 del Archivo, finca 54574,
de 26 de marzo de 2024.
Las fincas registrales número 54.598 y 54.600 fueron transmitidas en virtud de
escritura otorgada el día 7 de marzo de 2024 ante el notario de Madrid, don Javier de
Lucas Cadenas, de elevación a público por la heredera del testador y una sociedad
compradora, de un contrato privado de compraventa suscrito en Madrid el día 1 de junio
de 2012, presentada en el Registro de la Propiedad el día 7 de marzo de 2024, según
resulta del asiento 602 del Diario 65, habiendo causado la inscripción 3.ª al folio 142 del
Libro 2.957, finca 54.598, y la inscripción 3.ª al folio 137 del Libro 2.957, finca 54.600.