Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-22745)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso de traslados entre personal funcionario de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación, para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 140259
RegistroElectronicoComun.html y dirigirse a la Dirección Provincial en que presentaron
sus instancias de participación.
Vistas las reclamaciones, aprobadas y publicadas las plantillas provisionales, se
procederá a la adjudicación provisional de los destinos que pudieran corresponder a los
participantes con arreglo a sus peticiones y a las puntuaciones obtenidas conforme al
baremo del anexo II de esta convocatoria.
Sin perjuicio de lo dispuesto respecto a los derechos preferentes recogidos en la
base quinta de esta convocatoria, en el caso de que se produjesen empates en el total
de las puntuaciones, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a la mayor
puntuación en cada uno de los apartados del baremo conforme al orden en que
aparecen en el mismo. Si persistiera el empate, se atenderá a la puntuación obtenida en
los distintos subapartados por el orden igualmente en que aparecen en el baremo. En
ambos casos, la puntuación que se tome en consideración en cada apartado no podrá
exceder de la puntuación máxima establecida para cada uno de ellos en el baremo ni, en
el supuesto de los subapartados, la que corresponda como máximo al apartado en que
se hallen incluidos. Cuando al aplicar estos criterios, alguno o algunos de los
subapartados alcance la máxima puntuación otorgada al apartado al que pertenece, no
se tomarán en consideración las puntuaciones del resto de subapartados. De resultar
necesario, se utilizará como criterio de desempate el año en el que se convocó el
procedimiento selectivo a través del cual se ingresó en el respectivo cuerpo y la
puntuación por la que resultó seleccionado.
Undécima.
Publicación de la adjudicación provisional de destinos.
La adjudicación provisional de los destinos a que se alude en la base anterior se hará
pública en las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla, así como en la reiterada web
de este Ministerio.
La Subsecretaría, previamente, dictará Resolución que se publicará en los lugares
citados en el párrafo anterior, indicando la fecha en la que se expondrá el listado
conteniendo la adjudicación provisional de destinos.
Los concursantes, en el plazo de diez días hábiles, a partir de su exposición, podrán
presentar reclamaciones contra esta resolución provisional en los lugares indicados en la
base sexta de esta convocatoria.
Asimismo, durante este plazo, los participantes que concursen con carácter
voluntario podrán presentar desistimiento total a su participación en el concurso,
entendiendo que la misma afecta a todas las peticiones consignadas en su instancia de
participación. A estos efectos se hace constar que el hecho de no haber obtenido destino
en la resolución provisional no presupone que no se pueda obtener destino en la
definitiva. Los escritos de desistimiento deberán ser dirigidos a la Dirección Provincial a
la que se haya remitido la solicitud de participación en este concurso de traslados.
Publicación de las plantillas definitivas y de la adjudicación de destinos.
Vistas las reclamaciones, una vez aprobadas y publicadas las plantillas definitivas y
aceptados, en su caso, los desistimientos a que se refiere la base anterior, se procederá
a dictar la Resolución por la que se apruebe la adjudicación definitiva de este concurso
de traslados. Dicha Resolución se publicará en la web del Ministerio ya indicada en
apartados anteriores y en la misma se anunciarán las fechas y lugares de exposición del
listado con el resultado del concurso y declarando desestimadas las reclamaciones no
recogidas en el mismo.
Las plazas adjudicadas en dicha resolución son irrenunciables, debiendo
incorporarse los participantes a las plazas obtenidas.
Aun cuando se concurra a plazas de diferentes Administraciones Educativas
solamente se obtendrá un único destino.
Conforme se dispone en el artículo 19.5 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de
octubre, los recursos contra las Resoluciones definitivas de los concursos de traslados
cve: BOE-A-2024-22745
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 140259
RegistroElectronicoComun.html y dirigirse a la Dirección Provincial en que presentaron
sus instancias de participación.
Vistas las reclamaciones, aprobadas y publicadas las plantillas provisionales, se
procederá a la adjudicación provisional de los destinos que pudieran corresponder a los
participantes con arreglo a sus peticiones y a las puntuaciones obtenidas conforme al
baremo del anexo II de esta convocatoria.
Sin perjuicio de lo dispuesto respecto a los derechos preferentes recogidos en la
base quinta de esta convocatoria, en el caso de que se produjesen empates en el total
de las puntuaciones, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a la mayor
puntuación en cada uno de los apartados del baremo conforme al orden en que
aparecen en el mismo. Si persistiera el empate, se atenderá a la puntuación obtenida en
los distintos subapartados por el orden igualmente en que aparecen en el baremo. En
ambos casos, la puntuación que se tome en consideración en cada apartado no podrá
exceder de la puntuación máxima establecida para cada uno de ellos en el baremo ni, en
el supuesto de los subapartados, la que corresponda como máximo al apartado en que
se hallen incluidos. Cuando al aplicar estos criterios, alguno o algunos de los
subapartados alcance la máxima puntuación otorgada al apartado al que pertenece, no
se tomarán en consideración las puntuaciones del resto de subapartados. De resultar
necesario, se utilizará como criterio de desempate el año en el que se convocó el
procedimiento selectivo a través del cual se ingresó en el respectivo cuerpo y la
puntuación por la que resultó seleccionado.
Undécima.
Publicación de la adjudicación provisional de destinos.
La adjudicación provisional de los destinos a que se alude en la base anterior se hará
pública en las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla, así como en la reiterada web
de este Ministerio.
La Subsecretaría, previamente, dictará Resolución que se publicará en los lugares
citados en el párrafo anterior, indicando la fecha en la que se expondrá el listado
conteniendo la adjudicación provisional de destinos.
Los concursantes, en el plazo de diez días hábiles, a partir de su exposición, podrán
presentar reclamaciones contra esta resolución provisional en los lugares indicados en la
base sexta de esta convocatoria.
Asimismo, durante este plazo, los participantes que concursen con carácter
voluntario podrán presentar desistimiento total a su participación en el concurso,
entendiendo que la misma afecta a todas las peticiones consignadas en su instancia de
participación. A estos efectos se hace constar que el hecho de no haber obtenido destino
en la resolución provisional no presupone que no se pueda obtener destino en la
definitiva. Los escritos de desistimiento deberán ser dirigidos a la Dirección Provincial a
la que se haya remitido la solicitud de participación en este concurso de traslados.
Publicación de las plantillas definitivas y de la adjudicación de destinos.
Vistas las reclamaciones, una vez aprobadas y publicadas las plantillas definitivas y
aceptados, en su caso, los desistimientos a que se refiere la base anterior, se procederá
a dictar la Resolución por la que se apruebe la adjudicación definitiva de este concurso
de traslados. Dicha Resolución se publicará en la web del Ministerio ya indicada en
apartados anteriores y en la misma se anunciarán las fechas y lugares de exposición del
listado con el resultado del concurso y declarando desestimadas las reclamaciones no
recogidas en el mismo.
Las plazas adjudicadas en dicha resolución son irrenunciables, debiendo
incorporarse los participantes a las plazas obtenidas.
Aun cuando se concurra a plazas de diferentes Administraciones Educativas
solamente se obtendrá un único destino.
Conforme se dispone en el artículo 19.5 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de
octubre, los recursos contra las Resoluciones definitivas de los concursos de traslados
cve: BOE-A-2024-22745
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.