Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-22745)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso de traslados entre personal funcionario de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación, para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 140260
con independencia de que se haya participado a través de esta convocatoria, se deberán
dirigir y ser resueltos por la Administración educativa a la que pertenezca la plaza objeto
de recurso, quien podrá solicitar a la Subsecretaría de este Ministerio –Subdirección
General de Personal, Área docente–, cuanta información considere necesaria del
recurrente.
Decimotercera.
Los funcionarios que, mediante la convocatoria realizada al amparo de la presente
Resolución, obtengan destino definitivo en un ámbito de gestión distinto al de su puesto
de origen percibirán sus retribuciones de acuerdo con las normas retributivas
correspondientes al ámbito de este Ministerio.
Decimocuarta.
El personal funcionario excedente que reingrese al servicio activo como
consecuencia de este concurso presentará, ante la Dirección Provincial de la que
dependa la plaza obtenida, declaración jurada o promesa de no hallarse separado de
ningún Cuerpo o Escala de la Administración del Estado, de las Comunidades
Autónomas o de la Local, en virtud de expediente disciplinario, ni de estar inhabilitado
para el ejercicio de funciones públicas.
Decimoquinta.
La toma de posesión en los nuevos destinos que se obtengan de acuerdo con lo
dispuesto en la presente Resolución tendrá lugar el 1 de septiembre del 2025.
No obstante, los funcionarios que obtengan nuevo destino deberán permanecer en
sus plazas de origen hasta que concluyan las actividades imprescindibles previstas en la
Inspección Educativa para la finalización del curso.
Decimosexta.
Madrid, 30 de octubre de 2024.–El Subsecretario de Educación, Formación
Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
ANEXO I
Direcciones Provinciales
Códigos de Direcciones Provinciales:
Ceuta: 51000389C.
Melilla: 52000439C.
cve: BOE-A-2024-22745
Verificable en https://www.boe.es
Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga el
interesado su domicilio o bien ante la del Tribunal superior de Justicia en cuya
circunscripción se dicta el acto originario que se impugna, a su elección, conforme a lo
establecido en el artículo 10.1, i) en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de
esta resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en
reposición, en el plazo de un mes, ante la Subsecretaría del Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 140260
con independencia de que se haya participado a través de esta convocatoria, se deberán
dirigir y ser resueltos por la Administración educativa a la que pertenezca la plaza objeto
de recurso, quien podrá solicitar a la Subsecretaría de este Ministerio –Subdirección
General de Personal, Área docente–, cuanta información considere necesaria del
recurrente.
Decimotercera.
Los funcionarios que, mediante la convocatoria realizada al amparo de la presente
Resolución, obtengan destino definitivo en un ámbito de gestión distinto al de su puesto
de origen percibirán sus retribuciones de acuerdo con las normas retributivas
correspondientes al ámbito de este Ministerio.
Decimocuarta.
El personal funcionario excedente que reingrese al servicio activo como
consecuencia de este concurso presentará, ante la Dirección Provincial de la que
dependa la plaza obtenida, declaración jurada o promesa de no hallarse separado de
ningún Cuerpo o Escala de la Administración del Estado, de las Comunidades
Autónomas o de la Local, en virtud de expediente disciplinario, ni de estar inhabilitado
para el ejercicio de funciones públicas.
Decimoquinta.
La toma de posesión en los nuevos destinos que se obtengan de acuerdo con lo
dispuesto en la presente Resolución tendrá lugar el 1 de septiembre del 2025.
No obstante, los funcionarios que obtengan nuevo destino deberán permanecer en
sus plazas de origen hasta que concluyan las actividades imprescindibles previstas en la
Inspección Educativa para la finalización del curso.
Decimosexta.
Madrid, 30 de octubre de 2024.–El Subsecretario de Educación, Formación
Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
ANEXO I
Direcciones Provinciales
Códigos de Direcciones Provinciales:
Ceuta: 51000389C.
Melilla: 52000439C.
cve: BOE-A-2024-22745
Verificable en https://www.boe.es
Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga el
interesado su domicilio o bien ante la del Tribunal superior de Justicia en cuya
circunscripción se dicta el acto originario que se impugna, a su elección, conforme a lo
establecido en el artículo 10.1, i) en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de
esta resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en
reposición, en el plazo de un mes, ante la Subsecretaría del Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.