Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-22744)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario de cuerpos de funcionarios docentes para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 140217
número de concursantes cuya composición y funcionamiento se ajustará a lo dispuesto
en el artículo 9.3 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre:
a) Para la valoración de los méritos presentados por el personal funcionario del
Cuerpo de Maestros, la Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes
miembros, designados por el Director Provincial correspondiente:
– Un Inspector de Educación con destino en la Inspección Provincial de Educación
correspondiente, que actuará como Presidente.
– Cuatro funcionarios de carrera en activo de los cuerpos docentes con destino en la
Dirección Provincial, que actuarán como Vocales.
Actuará como Secretario el Vocal de menor edad.
b) Para la valoración de los méritos presentados por el personal funcionario del
resto de los cuerpos docentes convocados, la Comisión de Valoración estará integrada
por los siguientes miembros, designados por el Director Provincial correspondiente:
– Un Inspector de Educación con destino en la Inspección Provincial de Educación
correspondiente, que actuará como Presidente.
– Cuatro funcionarios de carrera en activo de los cuerpos docentes de grupo de
clasificación A1 o del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa
con destino en la Dirección Provincial que actuarán como Vocales.
Actuará como Secretario el Vocal de menor edad.
La composición de estas Comisiones se publicará asimismo en la web de este
Ministerio ya citada en apartados anteriores.
Los miembros de las Comisiones estarán sujetos a las causas de abstención y
recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
La asignación de la puntuación que corresponde a los concursantes por los restantes
apartados del baremo de méritos se llevará a efecto por las unidades de personal de la
Dirección Provincial correspondiente. Estas unidades realizarán estas funciones por
delegación de las Comisiones de Valoración, aportando a las mismas las puntuaciones
asignadas.
Decimoséptima. Publicación de las puntuaciones provisionales del baremo de méritos,
de las plantillas provisionales y de la adjudicación provisional de destinos.
Las puntuaciones provisionales asignadas a los concursantes se harán públicas en las
Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla, así como en la citada web de este Ministerio,
https://www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
funcionarios-docentes/concurso.html, en lo referente a concursos de traslados.
Previamente, mediante resolución de la Subsecretaría de este Ministerio, se
anunciará en estos mismos lugares, la fecha de exposición de las listas provisionales de
participantes admitidos, por cuerpo docente, con indicación de las puntuaciones
provisionales que les correspondan por cada uno de los apartados y subapartados del
correspondiente baremo de méritos, así como, en su caso, la lista de concursantes
excluidos, con indicación de las causas de exclusión.
Contra las exclusiones y las puntuaciones provisionales, los interesados podrán
presentar reclamaciones, en el plazo de diez días hábiles a partir de su publicación, a
través del órgano en que presentaron sus instancias de participación. Los escritos de
reclamación deberán presentarse a través del registro electrónico de la Administración
General del Estado, https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/
RegistroElectronicoComun.html y dirigirse a la Dirección Provincial en que presentaron
sus instancias de participación.
Vistas las reclamaciones, aprobadas y publicadas las plantillas provisionales, se
procederá a la adjudicación provisional de los destinos que pudieran corresponder a los
cve: BOE-A-2024-22744
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 140217
número de concursantes cuya composición y funcionamiento se ajustará a lo dispuesto
en el artículo 9.3 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre:
a) Para la valoración de los méritos presentados por el personal funcionario del
Cuerpo de Maestros, la Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes
miembros, designados por el Director Provincial correspondiente:
– Un Inspector de Educación con destino en la Inspección Provincial de Educación
correspondiente, que actuará como Presidente.
– Cuatro funcionarios de carrera en activo de los cuerpos docentes con destino en la
Dirección Provincial, que actuarán como Vocales.
Actuará como Secretario el Vocal de menor edad.
b) Para la valoración de los méritos presentados por el personal funcionario del
resto de los cuerpos docentes convocados, la Comisión de Valoración estará integrada
por los siguientes miembros, designados por el Director Provincial correspondiente:
– Un Inspector de Educación con destino en la Inspección Provincial de Educación
correspondiente, que actuará como Presidente.
– Cuatro funcionarios de carrera en activo de los cuerpos docentes de grupo de
clasificación A1 o del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa
con destino en la Dirección Provincial que actuarán como Vocales.
Actuará como Secretario el Vocal de menor edad.
La composición de estas Comisiones se publicará asimismo en la web de este
Ministerio ya citada en apartados anteriores.
Los miembros de las Comisiones estarán sujetos a las causas de abstención y
recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
La asignación de la puntuación que corresponde a los concursantes por los restantes
apartados del baremo de méritos se llevará a efecto por las unidades de personal de la
Dirección Provincial correspondiente. Estas unidades realizarán estas funciones por
delegación de las Comisiones de Valoración, aportando a las mismas las puntuaciones
asignadas.
Decimoséptima. Publicación de las puntuaciones provisionales del baremo de méritos,
de las plantillas provisionales y de la adjudicación provisional de destinos.
Las puntuaciones provisionales asignadas a los concursantes se harán públicas en las
Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla, así como en la citada web de este Ministerio,
https://www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
funcionarios-docentes/concurso.html, en lo referente a concursos de traslados.
Previamente, mediante resolución de la Subsecretaría de este Ministerio, se
anunciará en estos mismos lugares, la fecha de exposición de las listas provisionales de
participantes admitidos, por cuerpo docente, con indicación de las puntuaciones
provisionales que les correspondan por cada uno de los apartados y subapartados del
correspondiente baremo de méritos, así como, en su caso, la lista de concursantes
excluidos, con indicación de las causas de exclusión.
Contra las exclusiones y las puntuaciones provisionales, los interesados podrán
presentar reclamaciones, en el plazo de diez días hábiles a partir de su publicación, a
través del órgano en que presentaron sus instancias de participación. Los escritos de
reclamación deberán presentarse a través del registro electrónico de la Administración
General del Estado, https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/
RegistroElectronicoComun.html y dirigirse a la Dirección Provincial en que presentaron
sus instancias de participación.
Vistas las reclamaciones, aprobadas y publicadas las plantillas provisionales, se
procederá a la adjudicación provisional de los destinos que pudieran corresponder a los
cve: BOE-A-2024-22744
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 266