Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-22805)
Resolución de 28 de octubre de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la realización de las Estadísticas del Movimiento Natural de la Población y de Defunciones según la Causa de Muerte.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140564
Los ficheros estadísticos del mes m estarán disponibles para la Dirección General de
Economía de la Comunidad de Madrid y para la Dirección General de Salud Pública de
la Comunidad de Madrid en una base de datos centralizada antes del final del mes, m+2.
Cuando el fenómeno se haya recogido mediante un documento en papel, la imagen
escaneada se incorporará también en un banco de imágenes que contiene las imágenes
escaneadas de los boletines CMD/BED (Certificado Médico de Defunción/Boletín
Estadístico de Defunción), de los BEDJ (Boletín Estadístico de Defunción con
Intervención Judicial), y de los boletines estadísticos de partos y matrimonios.
El acceso a la base de datos será por medio de una aplicación web segura. Esta
aplicación permitirá la modificación de los datos individuales y también la descarga de
los ficheros mensuales por lotes de registros, para poder realizar las correspondientes
tareas de depuración descritas más adelante y volverlos a incorporar utilizando la misma
aplicación. El procedimiento permitirá la opción de trabajar con otros sistemas de trabajo
usados por los organismos de la Comunidad de Madrid. La mencionada aplicación
permitirá la visualización simultánea de datos alfanuméricos y de las imágenes, cuando
las haya.
La Dirección General de Economía y la Dirección General de Salud Pública podrán
acceder mensualmente a los registros relativos a los fenómenos que cada una deba
procesar ocurridos dentro del ámbito territorial de su Comunidad Autónoma. También se
facilitará a ambos el acceso a ficheros de los fenómenos ocurridos fuera de la misma,
correspondientes a los residentes de la Comunidad de Madrid, mediante la descarga de
un fichero, pero sólo a efectos de consulta.
Los diseños de registro de los ficheros mensuales correspondientes a cada una de
las estadísticas figuran en el anexo del convenio. Estos diseños no podrán modificarse
sin acuerdo de las partes y se programarán con suficiente tiempo para que ambas
adapten sus sistemas de trabajo. Los diseños de registro también especifican cuales son
las variables registrales (las que se registran en los correspondientes asientos de los
Registros Civiles) y las no registrales (solo tienen uso estadístico).
El INE tiene implantado un sistema automatizado para la codificación automática de
la causa de muerte, basado en la utilización de la herramienta informática IRIS, que ha
sido promovido por la Oficina Estadística de la Unión Europea (Eurostat) y que
continuará poniendo a disposición de la Comunidad Autónoma para que ésta pueda
cumplir con los compromisos establecidos en este convenio. El INE coordinará el
mantenimiento de las reglas de normalización y de los diccionarios del sistema, y los
actualizará periódicamente.
El INE establecerá también las normas de codificación y grabación de la causa de
muerte en los ficheros de defunciones y de partos, así como los criterios de tratamiento
de las inconsistencias e información incompleta. Asimismo, establecerá la entrada en
vigor de las revisiones de la Clasificación Internacional de Enfermedades de la
Organización Mundial de la Salud y de las actualizaciones del sistema IRIS.
2. Actuaciones y compromisos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Medidas para mejorar la certificación de la causa de muerte.
La Consejería de Sanidad adoptará las medidas oportunas en relación con los
profesionales y centros sanitarios de su ámbito territorial de competencia, con el fin de
que las causas de muerte que figuren en los Certificados Médicos de Defunción
electrónicos y Certificados Médicos de Defunción/Boletines Estadísticos de Defunción
(CMD/BED) estén bien especificadas y de que los modelos de CMD/BED que se utilicen
se correspondan con el modelo oficial, de acuerdo con la legislación vigente.
b)
Actuaciones con relación al fichero mensual de Defunciones.
En el caso de que la Dirección General de Salud Pública o la Dirección General de
Economía detecten alguna inconsistencia en las variables demográficas podrán rectificar
cve: BOE-A-2024-22805
Verificable en https://www.boe.es
a)
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140564
Los ficheros estadísticos del mes m estarán disponibles para la Dirección General de
Economía de la Comunidad de Madrid y para la Dirección General de Salud Pública de
la Comunidad de Madrid en una base de datos centralizada antes del final del mes, m+2.
Cuando el fenómeno se haya recogido mediante un documento en papel, la imagen
escaneada se incorporará también en un banco de imágenes que contiene las imágenes
escaneadas de los boletines CMD/BED (Certificado Médico de Defunción/Boletín
Estadístico de Defunción), de los BEDJ (Boletín Estadístico de Defunción con
Intervención Judicial), y de los boletines estadísticos de partos y matrimonios.
El acceso a la base de datos será por medio de una aplicación web segura. Esta
aplicación permitirá la modificación de los datos individuales y también la descarga de
los ficheros mensuales por lotes de registros, para poder realizar las correspondientes
tareas de depuración descritas más adelante y volverlos a incorporar utilizando la misma
aplicación. El procedimiento permitirá la opción de trabajar con otros sistemas de trabajo
usados por los organismos de la Comunidad de Madrid. La mencionada aplicación
permitirá la visualización simultánea de datos alfanuméricos y de las imágenes, cuando
las haya.
La Dirección General de Economía y la Dirección General de Salud Pública podrán
acceder mensualmente a los registros relativos a los fenómenos que cada una deba
procesar ocurridos dentro del ámbito territorial de su Comunidad Autónoma. También se
facilitará a ambos el acceso a ficheros de los fenómenos ocurridos fuera de la misma,
correspondientes a los residentes de la Comunidad de Madrid, mediante la descarga de
un fichero, pero sólo a efectos de consulta.
Los diseños de registro de los ficheros mensuales correspondientes a cada una de
las estadísticas figuran en el anexo del convenio. Estos diseños no podrán modificarse
sin acuerdo de las partes y se programarán con suficiente tiempo para que ambas
adapten sus sistemas de trabajo. Los diseños de registro también especifican cuales son
las variables registrales (las que se registran en los correspondientes asientos de los
Registros Civiles) y las no registrales (solo tienen uso estadístico).
El INE tiene implantado un sistema automatizado para la codificación automática de
la causa de muerte, basado en la utilización de la herramienta informática IRIS, que ha
sido promovido por la Oficina Estadística de la Unión Europea (Eurostat) y que
continuará poniendo a disposición de la Comunidad Autónoma para que ésta pueda
cumplir con los compromisos establecidos en este convenio. El INE coordinará el
mantenimiento de las reglas de normalización y de los diccionarios del sistema, y los
actualizará periódicamente.
El INE establecerá también las normas de codificación y grabación de la causa de
muerte en los ficheros de defunciones y de partos, así como los criterios de tratamiento
de las inconsistencias e información incompleta. Asimismo, establecerá la entrada en
vigor de las revisiones de la Clasificación Internacional de Enfermedades de la
Organización Mundial de la Salud y de las actualizaciones del sistema IRIS.
2. Actuaciones y compromisos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Medidas para mejorar la certificación de la causa de muerte.
La Consejería de Sanidad adoptará las medidas oportunas en relación con los
profesionales y centros sanitarios de su ámbito territorial de competencia, con el fin de
que las causas de muerte que figuren en los Certificados Médicos de Defunción
electrónicos y Certificados Médicos de Defunción/Boletines Estadísticos de Defunción
(CMD/BED) estén bien especificadas y de que los modelos de CMD/BED que se utilicen
se correspondan con el modelo oficial, de acuerdo con la legislación vigente.
b)
Actuaciones con relación al fichero mensual de Defunciones.
En el caso de que la Dirección General de Salud Pública o la Dirección General de
Economía detecten alguna inconsistencia en las variables demográficas podrán rectificar
cve: BOE-A-2024-22805
Verificable en https://www.boe.es
a)