Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-22810)
Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Liga Nacional de Fútbol Profesional y la Fundación LALIGA, para la actuación en materia de prevención y lucha contra los discursos de odio en el deporte.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140606
Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen
con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente
convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
I
La prevención y la lucha contra los discursos de odio resultan primordiales para
prevenir los delitos de odio y para mitigar la intolerancia y la discriminación que sufren
las personas migrantes, y más especialmente en un entorno, como el actual, en el que
los avances tecnológicos han generado nuevas formas de comunicación y de relación
que alcanzan una enorme difusión.
La expansión en la utilización de los medios digitales, tan característica del siglo XXI,
supone indudables avances; aunque, ciertamente, algunos ámbitos como las redes
sociales, se han visto, en ocasiones, ensombrecidos por la divulgación y propagación de
mensajes de odio racistas, xenófobos y de otras formas de intolerancia.
Entre las actuaciones contra la intolerancia y la discriminación, el deporte se erige,
como bien destaca la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la
xenofobia y la intolerancia en el deporte, como uno de los ámbitos privilegiados, tanto
por el lugar que ocupa a nivel educativo como por su capacidad de transmitir valores de
tolerancia y respeto.
En este mismo sentido, la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, también
indica que el deporte constituye un importante instrumento de cohesión social y un eficaz
vehículo para la transmisión de valores. Se confirma así el deber de los poderes públicos
de desarrollar políticas deportivas para la promoción de la paz y la concordia en el
deporte, preservando el juego limpio, la convivencia y la integración en una sociedad
democrática y diversa, así como los valores humanos que se identifican con el deporte, y
que están directamente vinculados a la erradicación de la violencia, del racismo, la
intolerancia y la xenofobia en el deporte.
Sin ánimo de exhaustividad, cabe destacar que el Marco Estratégico de Ciudadanía
e Inclusión contra el racismo y la xenofobia 2023-2027, impulsado por el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y aprobado por el Consejo de Ministros el 4 de
julio de 2023, propone líneas de acción en distintos ámbitos, entre ellos el deportivo.
Además, entre sus líneas de actuación se encuentra la de impulsar mecanismos de
vigilancia, prevención, detección y eliminación del racismo, la xenofobia y la intolerancia
asociada en los medios de comunicación, internet y redes sociales.
II
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es el Departamento
competente de la Administración General del Estado para la elaboración y el desarrollo
de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración y de
políticas de inclusión, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 501/2024, de 21 de
mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Más en particular, corresponde a la Secretaría de Estado de Migraciones elaborar y
desarrollar la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración,
así como al Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia, dependiente de ella, la
promoción del principio de igualdad de trato y no discriminación y lucha contra el racismo
y la xenofobia así como la colaboración y coordinación con los distintos agentes públicos
y privados, nacionales e internacionales vinculados con la prevención y lucha contra el
racismo y la xenofobia, entre otras funciones.
cve: BOE-A-2024-22810
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140606
Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen
con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente
convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
I
La prevención y la lucha contra los discursos de odio resultan primordiales para
prevenir los delitos de odio y para mitigar la intolerancia y la discriminación que sufren
las personas migrantes, y más especialmente en un entorno, como el actual, en el que
los avances tecnológicos han generado nuevas formas de comunicación y de relación
que alcanzan una enorme difusión.
La expansión en la utilización de los medios digitales, tan característica del siglo XXI,
supone indudables avances; aunque, ciertamente, algunos ámbitos como las redes
sociales, se han visto, en ocasiones, ensombrecidos por la divulgación y propagación de
mensajes de odio racistas, xenófobos y de otras formas de intolerancia.
Entre las actuaciones contra la intolerancia y la discriminación, el deporte se erige,
como bien destaca la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la
xenofobia y la intolerancia en el deporte, como uno de los ámbitos privilegiados, tanto
por el lugar que ocupa a nivel educativo como por su capacidad de transmitir valores de
tolerancia y respeto.
En este mismo sentido, la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, también
indica que el deporte constituye un importante instrumento de cohesión social y un eficaz
vehículo para la transmisión de valores. Se confirma así el deber de los poderes públicos
de desarrollar políticas deportivas para la promoción de la paz y la concordia en el
deporte, preservando el juego limpio, la convivencia y la integración en una sociedad
democrática y diversa, así como los valores humanos que se identifican con el deporte, y
que están directamente vinculados a la erradicación de la violencia, del racismo, la
intolerancia y la xenofobia en el deporte.
Sin ánimo de exhaustividad, cabe destacar que el Marco Estratégico de Ciudadanía
e Inclusión contra el racismo y la xenofobia 2023-2027, impulsado por el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y aprobado por el Consejo de Ministros el 4 de
julio de 2023, propone líneas de acción en distintos ámbitos, entre ellos el deportivo.
Además, entre sus líneas de actuación se encuentra la de impulsar mecanismos de
vigilancia, prevención, detección y eliminación del racismo, la xenofobia y la intolerancia
asociada en los medios de comunicación, internet y redes sociales.
II
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es el Departamento
competente de la Administración General del Estado para la elaboración y el desarrollo
de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración y de
políticas de inclusión, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 501/2024, de 21 de
mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Más en particular, corresponde a la Secretaría de Estado de Migraciones elaborar y
desarrollar la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración,
así como al Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia, dependiente de ella, la
promoción del principio de igualdad de trato y no discriminación y lucha contra el racismo
y la xenofobia así como la colaboración y coordinación con los distintos agentes públicos
y privados, nacionales e internacionales vinculados con la prevención y lucha contra el
racismo y la xenofobia, entre otras funciones.
cve: BOE-A-2024-22810
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 266