Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-22798)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Calasparra, para el establecimiento de un marco de colaboración para la organización conjunta de las Jornadas gastronómicas-Gastropaisajes 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140521
3. Cofinanciar con cinco mil euros (5.000,00 €) los costes del desarrollo de las
actividades, de acuerdo con el presupuesto que se detalla en el anexo I.
4. Destinar íntegramente la cantidad aportada por el Ministerio a la financiación de
los gastos acordados mediante este convenio para las citadas Jornadas.
5. Destacar la colaboración del Ministerio en cuantos medios se utilicen para la
promoción y difusión de la Jornada (programa, carteles, publicidad en medios, notas de
prensa, etc.), incorporando, de modo visible, el logotipo oficial del Ministerio y respetando
en todo caso, las directrices de imagen externa que le sean facilitadas a estos efectos.
Cuarta.
Financiación y forma de pago.
El presupuesto total para la organización conjunta y el desarrollo de las actuaciones
en el marco de este convenio asciende a treinta y cinco mil euros (35.000, 00 €). El
MAPA aportará la cuantía máxima de treinta mil euros (30.000,00 €) con cargo a la
partida presupuestaria 21.01.411M.226.06 de los Presupuestos Generales del Estado
vigentes en el ejercicio 2024.
El Ayuntamiento de Calasparra cofinanciará con cinco mil euros (5.000,00 €), los
costes del desarrollo de la Jornada, conforme al presupuesto incluido en el anexo I.
Con el fin de que se pueda llevar a cabo el pago, el Ayuntamiento de Calasparra emitirá
una certificación del gasto y remitirá los debidos justificantes en los que se desglosen y
detallen cada uno de los gastos realizados, hasta un importe máximo de 30.000,00 euros».
El MAPA abonará la cantidad debidamente certificada y justificada en un único pago, en
la cuenta a nombre del Ayuntamiento de Calasparra: ES38 3058 0421 8527 3200 0016.
Quinta.
Eficacia y duración.
El Convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes expresado mediante su
firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Dicha inscripción se realizará en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, será publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
La duración del presente convenio se extenderá hasta el 30 de noviembre de 2024.
Sexta. Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Con el fin de conseguir la máxima operatividad en la aplicación del presente
convenio y velar por el adecuado cumplimiento de sus objetivos, se establece la
Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del convenio, cuya
composición será la siguiente:
– La Directora Técnica de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y
Formación Agroalimentaria, que actuará como presidenta, y podrá ser sustituida por un
funcionario de la Dirección Técnica en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra
causa justificada.
– Dos funcionarios pertenecientes a la Dirección General de Desarrollo Rural,
Innovación y Formación Agroalimentaria, de los que uno actuará como secretario de la
Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del convenio.
Por parte del Ayuntamiento de Calasparra:
– Dos representantes, designados por la Alcaldesa.
cve: BOE-A-2024-22798
Verificable en https://www.boe.es
Por parte del MAPA:
Núm. 266
Lunes 4 de noviembre de 2024
Sec. III. Pág. 140521
3. Cofinanciar con cinco mil euros (5.000,00 €) los costes del desarrollo de las
actividades, de acuerdo con el presupuesto que se detalla en el anexo I.
4. Destinar íntegramente la cantidad aportada por el Ministerio a la financiación de
los gastos acordados mediante este convenio para las citadas Jornadas.
5. Destacar la colaboración del Ministerio en cuantos medios se utilicen para la
promoción y difusión de la Jornada (programa, carteles, publicidad en medios, notas de
prensa, etc.), incorporando, de modo visible, el logotipo oficial del Ministerio y respetando
en todo caso, las directrices de imagen externa que le sean facilitadas a estos efectos.
Cuarta.
Financiación y forma de pago.
El presupuesto total para la organización conjunta y el desarrollo de las actuaciones
en el marco de este convenio asciende a treinta y cinco mil euros (35.000, 00 €). El
MAPA aportará la cuantía máxima de treinta mil euros (30.000,00 €) con cargo a la
partida presupuestaria 21.01.411M.226.06 de los Presupuestos Generales del Estado
vigentes en el ejercicio 2024.
El Ayuntamiento de Calasparra cofinanciará con cinco mil euros (5.000,00 €), los
costes del desarrollo de la Jornada, conforme al presupuesto incluido en el anexo I.
Con el fin de que se pueda llevar a cabo el pago, el Ayuntamiento de Calasparra emitirá
una certificación del gasto y remitirá los debidos justificantes en los que se desglosen y
detallen cada uno de los gastos realizados, hasta un importe máximo de 30.000,00 euros».
El MAPA abonará la cantidad debidamente certificada y justificada en un único pago, en
la cuenta a nombre del Ayuntamiento de Calasparra: ES38 3058 0421 8527 3200 0016.
Quinta.
Eficacia y duración.
El Convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes expresado mediante su
firma y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Dicha inscripción se realizará en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, será publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
La duración del presente convenio se extenderá hasta el 30 de noviembre de 2024.
Sexta. Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Con el fin de conseguir la máxima operatividad en la aplicación del presente
convenio y velar por el adecuado cumplimiento de sus objetivos, se establece la
Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del convenio, cuya
composición será la siguiente:
– La Directora Técnica de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y
Formación Agroalimentaria, que actuará como presidenta, y podrá ser sustituida por un
funcionario de la Dirección Técnica en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra
causa justificada.
– Dos funcionarios pertenecientes a la Dirección General de Desarrollo Rural,
Innovación y Formación Agroalimentaria, de los que uno actuará como secretario de la
Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del convenio.
Por parte del Ayuntamiento de Calasparra:
– Dos representantes, designados por la Alcaldesa.
cve: BOE-A-2024-22798
Verificable en https://www.boe.es
Por parte del MAPA: