Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22705)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la «Revisión del Plan Director del Aeropuerto de Sevilla».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Aspectos
ambientales

Biodiversidad.

Sábado 2 de noviembre de 2024

Normativa sectorial/plan/programa

Interacciones significativas

Manera en la que se han considerado en la
elaboración del EsAE

En concreto para la fauna las medidas se
establecen a través de su Sistema de Gestión de
Riesgos Operacional en coordinación con la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
No se prevén interacciones.
El EsAE identifica la avifauna presente en el
El aeropuerto no se ubica dentro de la
entorno aeroportuario y los posibles efectos que
delimitación establecida por el Plan de
las actuaciones propuestas en la revisión del
Recuperación y Conservación de Aves
Plan Director pueden tener sobre los mismos y
Esteparias. La zona más cercana se ubica a más
establece medidas para evitar o minimizar dichos
de 20 km.
efectos.
Aena ha realizado censos (2014-2015)
obteniéndose datos cuantitativos sobre la
presencia de diferentes especies de avifauna en
el interior del aeropuerto y su entorno.
El EsAE establece la ejecución de medidas que
Objetivo general: alcanzar un tamaño de
No se prevén interacciones.
permitan compatibilizar la actividad del
población y un estado de conservación tal que
El aeropuerto no se ubica dentro de la
aeropuerto con la conservación de la
permita disimilación y un estado de conservación
delimitación establecida por el Plan de
biodiversidad.
tal que permita disminuir la categoría de
Recuperación y Conservación de Aves
En concreto para la fauna las medidas se
amenaza que actualmente ostentan estas
necrófagas. La zona más cercana se ubica a
establecen a través de su Sistema de Gestión de
especies en el Catálogo Andaluz de Especies
más de 20 km.
Riesgos Operacional en coordinación con la
Amenazadas.
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

Objetivo general: establecer medidas de
protección y conservación de varias especies de
aves esteparias (dos especies en peligro de
Plan de Recuperación de Aves Esteparias
extinción (avutarda y torillo andaluz) y cinco
(Aprobado por Acuerdo de 18 de enero de 2011,
especies vulnerables (aguilucho cenizo, alondra
del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban
ricotí, ganga ibérica, ganga ortega y sisón) según
los Planes de Recuperación y Conservación de
el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas))
determinadas especies silvestres y hábitats
con la finalidad de alcanzar un tamaño de
protegidos).
población y un estado de conservación tal que
permita disminuir la categoría de amenaza que
actualmente ostentan estas especies.

Plan de Recuperación de Aves Necrófagas
(Aprobado por Acuerdo de 18 de enero de 2011,
del Consejo de Gobierno).

Medio
Hidrológico.

Objetivos y prescripciones establecidas por los
anteriores instrumentos a considerar en la
elaboración del EsAE

Sec. III. Pág. 139946

Real Decreto Legislativo 1/2001, por el que se
Establece la regulación del Dominio Público
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas y Hidráulico y el uso del agua, así como las
Real Decreto 849/1986 de desarrollo.
normas básicas para su protección.

Plan Hidrológico de la Demarcación del
Guadalquivir 2016-2021.

Establece los objetivos generales para conseguir
el buen estado y la adecuada protección de las
masas de agua de la demarcación.

Las actuaciones reflejadas en la Propuesta de
revisión del Plan Director del Aeropuerto de
Sevilla son compatibles con las determinaciones
de estos planes y de la normativa vigente.

El EsAE identifica la red hidrológica superficial,
así como las masas de agua subterráneas, así
como las posibles afecciones a las mismas,
proponiendo las adecuadas medidas preventivas
y correctoras.

Objetivo ambiental

Evitar o minimizar las
afecciones a la fauna,
especialmente especies
protegidas y/o amenazadas.
Minimizar las interacciones de
avifauna con aeronaves
garantizando la seguridad de
las operaciones aeronáuticas.

Conservar el buen estado
ecológico y químico de las
masas de agua (Directiva
Marco de Aguas).
Evitar la contaminación de las
aguas superficiales y
subterráneas.
Reducir el consumo de agua.
Minimizar la ocupación del
dominio público hidráulico.

cve: BOE-A-2024-22705
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 265