III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-22640)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Eólica Tramontana, SLU, autorización administrativa previa para el Parque Eólico Tramuntana, de 70 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Ascó (Tarragona).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de noviembre de 2024

Sec. III. Pág. 139584

Eléctrica de España, SAU, a través de una nueva posición de la red de transporte en
dicha subestación.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 23 de enero de 2023, Energía Eólica Tramontana, SLU, firmó acuerdo para la
evacuación conjunta y coordinada de una serie de plantas fotovoltaicas y parques
eólicos en la subestación Ascó 400 kV con los promotores: Blue Viking Lindsey, SL
(promotor de la planta fotovoltaica «FV Ascó I»), Blue Viking Lisa, SL (promotor de la
planta fotovoltaica «FV Ascó II»), Blue Viking Lya, SL, (promotor de la planta fotovoltaica
«FV Ascó III»), Sanmad Sonne3 Encina, SL (promotor de la planta fotovoltaica «FV FlixAscó V»), Sanmad Sonne3 Roble, SL (promotor de la planta fotovoltaica «FV Flix-Ascó
IV»), Sanmad Sonne3 Alcornoque, SL (promotor de la planta fotovoltaica «FV Flix-Ascó
II»), Sanmad Sonne3 Pinsapo, SL (promotor de la planta fotovoltaica «FV Flix-Ascó I»),
Sanmad Sonne3 Sabina, SL (promotor de la planta fotovoltaica «FV Flix-Ascó III»), Enel
Green Power España SL (promotor de los parques eólicos «El Calvari», «Fontcada»,
«Les Crestes» y de la planta fotovoltaica «PV Terres de L’Ebre»), Energías Renovables
de Grian, SL (promotor del parque eólico «Basses Roges 2»), Energías Renovables de
Hades, SL (promotor del parque eólico «Basses Roges 3»), Energías Renovables de
Cassiopeia, SL (promotor del parque eólico «Les Alzinetes»), Energía Inagotable de
Gemini, SL (promotor del parque eólico «Les Estrebades»), Green Capital Development
XXXVII, SL (promotor del parque eólico «Paucali»), Green Capital Development XXXVIII,
SL (promotor del parque eólico «Arlo»), Green Capital Development XL, SL (promotor del
parque eólico «Argestes») y Green Capital Development XLI, SL (promotor del parque
eólico «Céfiro»).
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación dentro del
alcance de esta resolución contempla las siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 30 kV que conectarán los aerogeneradores con la
subestación ST PE Tramuntana 30/220 kV.
– La subestación ST PE Tramuntana 30/220 kV.
– La línea eléctrica aérea de 220 kV, que tiene como origen la subestación ST PE
Tramuntana 30/220 kV y finaliza en la subestación ST Promotores Ascó II 400/220 kV.
– La subestación ST Promotores Ascó I 400/132 kV.
– La línea eléctrica aérea de 400 kV, que tiene como origen la subestación ST
Promotores Ascó I 400/132 kV y finaliza en la subestación ST Ascó 400 kV, propiedad de
Red Eléctrica de España, SAU.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Si bien, en
virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deberá
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remite propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las
obligaciones de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas
actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su
autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y
mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones
medioambientales exigibles.
El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de
transporte y distribución de energía eléctrica establece en su disposición transitoria

cve: BOE-A-2024-22640
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Núm. 264