T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-22662)
Pleno. Sentencia 118/2024, de 25 de septiembre de 2024. Recurso de amparo 3835-2020. Promovido por doña Laura Hernández Morata respecto del auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que inadmitió su demanda de error judicial. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la jurisdicción): interpretación en exceso formalista del plazo de caducidad de la acción que no toma en consideración las excepcionales circunstancias del caso. Votos particulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264
Viernes 1 de noviembre de 2024
Sec. TC. Pág. 139720
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
22662
Pleno. Sentencia 118/2024, de 25 de septiembre de 2024. Recurso de
amparo 3835-2020. Promovido por doña Laura Hernández Morata respecto
del auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que inadmitió su
demanda de error judicial. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva
(acceso a la jurisdicción): interpretación en exceso formalista del plazo de
caducidad de la acción que no toma en consideración las excepcionales
circunstancias del caso. Votos particulares.
ECLI:ES:TC:2024:118
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan
Carlos Campo Moreno, doña Laura Díez Bueso y don José María Macías Castaño, ha
pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo avocado núm. 3835-2020, promovido por doña Laura
Hernández Morata contra el auto de 25 de junio de 2020, dictado por la Sala de lo Penal del
Tribunal Supremo y recaído en el procedimiento sobre error judicial núm. 20870-2019. Ha
comparecido y formulado alegaciones el abogado del Estado y ha intervenido el Ministerio
Fiscal. Ha sido ponente la magistrada doña Laura Díez Bueso.
I.
Antecedentes
1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el día 31 de
julio de 2020, la procuradora de los tribunales doña Francisca Orts Mogica, en
representación de doña Laura Hernández Morata, bajo la dirección del letrado don
Alfredo Martínez Lidón, ha interpuesto recurso de amparo contra la resolución ya
reseñada, por la que se acordó inadmitir por extemporánea la demanda de error judicial
que la ahora recurrente había presentado.
a) En fecha 23 de octubre de 2019, la representación de doña Laura Hernández
Morata, de conformidad con lo dispuesto en el art. 293 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial (en adelante, LOPJ), presentó demanda de reconocimiento de error judicial
contra lo resuelto en el auto de 19 de junio de 2019, dictado por el Juzgado de Violencia
sobre la Mujer núm. 2 de Murcia, recaído en el procedimiento penal de diligencias
cve: BOE-A-2024-22662
Verificable en https://www.boe.es
2. Los hechos con relevancia para la resolución del presente recurso de amparo y a
los que se refiere la demanda presentada, son los siguientes:
Núm. 264
Viernes 1 de noviembre de 2024
Sec. TC. Pág. 139720
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
22662
Pleno. Sentencia 118/2024, de 25 de septiembre de 2024. Recurso de
amparo 3835-2020. Promovido por doña Laura Hernández Morata respecto
del auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que inadmitió su
demanda de error judicial. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva
(acceso a la jurisdicción): interpretación en exceso formalista del plazo de
caducidad de la acción que no toma en consideración las excepcionales
circunstancias del caso. Votos particulares.
ECLI:ES:TC:2024:118
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan
Carlos Campo Moreno, doña Laura Díez Bueso y don José María Macías Castaño, ha
pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo avocado núm. 3835-2020, promovido por doña Laura
Hernández Morata contra el auto de 25 de junio de 2020, dictado por la Sala de lo Penal del
Tribunal Supremo y recaído en el procedimiento sobre error judicial núm. 20870-2019. Ha
comparecido y formulado alegaciones el abogado del Estado y ha intervenido el Ministerio
Fiscal. Ha sido ponente la magistrada doña Laura Díez Bueso.
I.
Antecedentes
1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el día 31 de
julio de 2020, la procuradora de los tribunales doña Francisca Orts Mogica, en
representación de doña Laura Hernández Morata, bajo la dirección del letrado don
Alfredo Martínez Lidón, ha interpuesto recurso de amparo contra la resolución ya
reseñada, por la que se acordó inadmitir por extemporánea la demanda de error judicial
que la ahora recurrente había presentado.
a) En fecha 23 de octubre de 2019, la representación de doña Laura Hernández
Morata, de conformidad con lo dispuesto en el art. 293 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial (en adelante, LOPJ), presentó demanda de reconocimiento de error judicial
contra lo resuelto en el auto de 19 de junio de 2019, dictado por el Juzgado de Violencia
sobre la Mujer núm. 2 de Murcia, recaído en el procedimiento penal de diligencias
cve: BOE-A-2024-22662
Verificable en https://www.boe.es
2. Los hechos con relevancia para la resolución del presente recurso de amparo y a
los que se refiere la demanda presentada, son los siguientes: