I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Organización. (BOE-A-2024-22549)
Orden ITU/1200/2024, de 24 de octubre, por la que se modifica la Orden ICT/654/2022, de 10 de julio, por la que se crea el Comité Antifraude del Ministerio de Industria y Turismo y se determinan su composición y funciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Viernes 1 de noviembre de 2024

Sec. I. Pág. 139355

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
22549

Orden ITU/1200/2024, de 24 de octubre, por la que se modifica la Orden
ICT/654/2022, de 10 de julio, por la que se crea el Comité Antifraude del
Ministerio de Industria y Turismo y se determinan su composición y funciones.
I

El Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
señala en su artículo 22, que los Estados miembros, beneficiarios o prestatarios de
fondos, adoptarán las medidas adecuadas para proteger los intereses financieros de la
Unión. En este contexto, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
señala que toda entidad que participe en la ejecución de medidas del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia deberá disponer de un Plan de Medidas
Antifraude que garantice que los fondos se han utilizado de conformidad con las normas
aplicables.
II
El Ministerio de Industria y Turismo, es la entidad decisora con dotación
presupuestaria asignada para la planificación y seguimiento de las medidas (ya sean
reforma o inversión) que desarrollan los componentes C12, C13, C14, C19 y C31 del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
El Plan de Medidas Antifraude del extinto Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, aprobado por Resolución del titular de la Subsecretaria, de 18 de abril de 2022,
contempló la creación de un Comité Antifraude. Así, la Orden ICT/654/2022, de 10 de
julio, por la que se crea el Comité Antifraude del Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo y se determinan su composición y funciones, dio efectivo cumplimiento a dicha
previsión.

Por otro lado, el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales, estableció la organización ministerial para
la XV Legislatura. Con su entrada en vigor, el anterior Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo fue suprimido, y se creó el Ministerio de Industria y Turismo, actualmente
regulado en el Real Decreto 409/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Industria y Turismo.
En consecuencia, resulta preciso adaptar la composición del citado Comité
Antifraude a la nueva estructura departamental, para que este órgano colegiado pueda
desarrollar con eficacia las funciones de lucha contra el fraude que tiene encomendadas.
A tal efecto, se modifica la Orden ICT/654/2022, de 10 de julio, para actualizar la
denominación del citado Comité, cambiar su composición para eliminar la vocalía del
representante de la Secretaría de Estado de Comercio y actualizar la vocalía del
representante de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa
al rango actual de la misma, que conforme al Real Decreto 829/2023, de 20 de
noviembre, pasa a ser Secretaría de Estado de Industria. Asimismo, en vista de la
experiencia adquirida en estos dos años de funcionamiento, se prevé la incorporación de
terceras personas a las sesiones del Comité Antifraude o sus grupos de trabajo, con voz,
pero sin voto, atendiendo a criterios de conocimiento técnico especializado y

cve: BOE-A-2024-22549
Verificable en https://www.boe.es

III