III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2024-22532)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y la Tesorería General de la Seguridad Social, para cesión de datos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Jueves 31 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 139323

Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir sobre la interpretación y ejecución del
convenio serán resueltas conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Séptima.

Vigencia.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1.º del artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años,
desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la misma norma legal. Con
anterioridad a la finalización del plazo de duración previsto se podrá prorrogar el
convenio, por acuerdo unánime de las partes, por un periodo de hasta cuatro años
adicionales.
Octava. Causas de extinción y consecuencias aplicables en caso de incumplimiento.
El presente convenio se extinguirá por incurrir en alguna de las causas de resolución
contempladas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Conforme a la letra e) del artículo 49 de la citada ley, en caso de incumplimiento
acreditado de los compromisos asumidos, cualquiera de las dos partes podrá instar la
resolución del convenio, previo requerimiento a la parte incumplidora, para que en el
plazo de un mes cumpla con las obligaciones o compromisos que se consideren
incumplidos. Se dará traslado de dicho requerimiento a la comisión de seguimiento.
Novena.

Obligaciones económicas.

La firma del presente convenio no genera obligaciones económicas entre las partes
firmantes.

cve: BOE-A-2024-22532
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma este convenio en la fecha
indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente
documento la fecha del último firmante.–La Secretaria de Estado de Migraciones, Pilar
Cancela Rodríguez.–El Director General de la Tesorería General de la Seguridad
Social, Andrés Harto Martínez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X