III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2024-22532)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y la Tesorería General de la Seguridad Social, para cesión de datos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Jueves 31 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 139317
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
22532
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y
la Tesorería General de la Seguridad Social, para cesión de datos.
Con fecha 21 de octubre de 2024 se ha suscrito el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Migraciones y la Tesorería General de la Seguridad Social para cesión de
datos y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 23 de octubre de 2024.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez
García.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y la Tesorería General de la
Seguridad Social para cesión de datos
REUNIDOS
De una parte, doña Pilar Cancela Rodríguez, Secretaria de Estado de Migraciones
del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, nombrada mediante Real
Decreto 1077/2023, de 5 de diciembre, actuando en virtud de la competencia establecida
en el artículo 66.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
De otra parte, don Andrés Harto Martínez, Director General de la Tesorería General
de la Seguridad Social, nombrado mediante Real Decreto 132/2020, de 21 de enero,
actuando en virtud de lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 1 y 3 del Real
Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de
la Tesorería General de la Seguridad Social.
Ambas partes se reconocen con capacidad suficiente para suscribir el presente
convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
La Secretaría de Estado de Migraciones (en adelante, SEM), de acuerdo con lo
establecido en el artículo 5.1 del Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, es el órgano
al que corresponde desarrollar, la política del Gobierno en materia de extranjería,
inmigración y emigración.
cve: BOE-A-2024-22532
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 263
Jueves 31 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 139317
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
22532
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y
la Tesorería General de la Seguridad Social, para cesión de datos.
Con fecha 21 de octubre de 2024 se ha suscrito el Convenio entre la Secretaría de
Estado de Migraciones y la Tesorería General de la Seguridad Social para cesión de
datos y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 23 de octubre de 2024.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez
García.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Migraciones y la Tesorería General de la
Seguridad Social para cesión de datos
REUNIDOS
De una parte, doña Pilar Cancela Rodríguez, Secretaria de Estado de Migraciones
del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, nombrada mediante Real
Decreto 1077/2023, de 5 de diciembre, actuando en virtud de la competencia establecida
en el artículo 66.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
De otra parte, don Andrés Harto Martínez, Director General de la Tesorería General
de la Seguridad Social, nombrado mediante Real Decreto 132/2020, de 21 de enero,
actuando en virtud de lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 1 y 3 del Real
Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de
la Tesorería General de la Seguridad Social.
Ambas partes se reconocen con capacidad suficiente para suscribir el presente
convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
La Secretaría de Estado de Migraciones (en adelante, SEM), de acuerdo con lo
establecido en el artículo 5.1 del Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, es el órgano
al que corresponde desarrollar, la política del Gobierno en materia de extranjería,
inmigración y emigración.
cve: BOE-A-2024-22532
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Primero.