III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Puertos. (BOE-A-2024-22413)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se publica la Ordenanza portuaria reguladora de la circulación por la zona de servicio de los puertos de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Miércoles 30 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 138818

Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre; en la Ley 39/2015, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Reglamento de Servicios,
Policía y Régimen del Puerto (OM de 28 de abril de 1976); Ordenanza reguladora del
servicio de taxis en la zona de servicio del Puerto de Santa Cruz de Tenerife (BOE n.º
194, de 11 de agosto de 2010), y el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Disposición final segunda.
La presente Ordenanza entrará en vigor, una vez aprobada por el Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, al día siguiente de
su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
Lo que se hace público para general conocimiento significándose que, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el
presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter
potestativo, bien recurso de reposición ante el Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de un (1) mes contado a partir de la
notificación, o bien, conforme a lo prevenido en el artículo 10.1.m) de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en relación con
el artículo 8.3 de la misma, recurso contencioso administrativo ante la Sala
correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos (2)
meses contados, asimismo, desde la notificación del acuerdo.
Conforme a lo prevenido en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, interpuesto
recurso de reposición no podrá formularse recurso contencioso-administrativo hasta que
aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
ANEXO I
Planos de delimitación de zona portuaria
El contenido del presente anexo puede consultarse a través del siguiente enlace:
https://www.puertosdetenerife.org/wp-content/uploads/2024/10/
Anexo_I_Ordenanza_Portuaria_Reguladora_Circulacion_Zona_SCT.pdf.
ANEXO II
Cuadro de infracciones y sanciones
Competencias generales
Hecho denunciado

ORC

1

Incumplir normativa de tráfico, regulación de accesos y circulación de vehículos y
personas por la zona de servicio de los puertos competencia de la APTF no
expresamente determinados por la presente Ordenanza.

ORC

3

Incumplir cualquier obligación recogida en esta Ordenanza y no expresamente tipificada
en esta tabla.

Importe

Euros

A determinar con arreglo a los criterios
establecidos en la normativa de
tráfico.
150

cve: BOE-A-2024-22413
Verificable en https://www.boe.es

Norma Artículo