III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-22410)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Miércoles 30 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138793
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
22410
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Entidad Pública Empresarial
ENAIRE, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la
Universidad Complutense de Madrid, para el desarrollo de programas de
cooperación educativa.
El convenio al que hace referencia la adenda tiene por objeto establecer las
condiciones en las que estudiantes de la Universidad realizarán un programa de
prácticas externas así como del Trabajo de Fin de Grado/Máster (en adelante TFG/TFM)
de cualquier enseñanza impartida por la Universidad, tanto oficiales como propias, según
las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente
programa formativo.
El objeto de esta adenda es modificar el párrafo quinto del apartado F. Régimen
jurídico laboral, de la cláusula Segunda por el siguiente:
«En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, es decir las
curriculares, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social
corresponderá a la UCM, quedando exonerada ENAIRE del cumplimiento de
dichas obligaciones.
ENAIRE se compromete a comunicar a la UCM cualquier incidencia que pueda
producirse durante la realización de las prácticas. ENAIRE una vez finalizada las
prácticas curriculares no remuneradas deberá comunicar a la UCM los días reales
de prácticas realizadas por alumno.»
Se mantienen inalteradas el resto de las cláusulas del convenio.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 21 de octubre de 2024.–El Director General de la Entidad Pública
Empresarial ENAIRE, Enrique Maurer Somolinos.
ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre la Universidad Complutense de Madrid
y la entidad pública empresarial ENAIRE para el desarrollo de programas de
cooperación educativa
De una parte, doña María Concepción García Gómez, Vicerrectora de Formación
Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, en representación de la Universidad
Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM), nombrada por Decreto Rectoral 37/2023,
de 28 de junio, y actuando por delegación del Rector según Decreto Rectoral 28/2023,
de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense
de Madrid, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole
organizativo, publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» el 10 de julio
de 2023.
Y de otra parte, don Enrique Maurer Somolinos, Director General, en nombre y
representación Entidad Pública Empresarial ENAIRE, según resulta de la Resolución
de 8 de junio de 2023, del Presidente del Consejo Rector de la entidad, por la que se
publica el Acuerdo del Consejo Rector de 7 de junio de 2023, publicada en el «Boletín
cve: BOE-A-2024-22410
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 17 de octubre de 2024.
Núm. 262
Miércoles 30 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138793
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
22410
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Entidad Pública Empresarial
ENAIRE, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la
Universidad Complutense de Madrid, para el desarrollo de programas de
cooperación educativa.
El convenio al que hace referencia la adenda tiene por objeto establecer las
condiciones en las que estudiantes de la Universidad realizarán un programa de
prácticas externas así como del Trabajo de Fin de Grado/Máster (en adelante TFG/TFM)
de cualquier enseñanza impartida por la Universidad, tanto oficiales como propias, según
las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente
programa formativo.
El objeto de esta adenda es modificar el párrafo quinto del apartado F. Régimen
jurídico laboral, de la cláusula Segunda por el siguiente:
«En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, es decir las
curriculares, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social
corresponderá a la UCM, quedando exonerada ENAIRE del cumplimiento de
dichas obligaciones.
ENAIRE se compromete a comunicar a la UCM cualquier incidencia que pueda
producirse durante la realización de las prácticas. ENAIRE una vez finalizada las
prácticas curriculares no remuneradas deberá comunicar a la UCM los días reales
de prácticas realizadas por alumno.»
Se mantienen inalteradas el resto de las cláusulas del convenio.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 21 de octubre de 2024.–El Director General de la Entidad Pública
Empresarial ENAIRE, Enrique Maurer Somolinos.
ANEXO
Adenda de modificación del Convenio entre la Universidad Complutense de Madrid
y la entidad pública empresarial ENAIRE para el desarrollo de programas de
cooperación educativa
De una parte, doña María Concepción García Gómez, Vicerrectora de Formación
Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, en representación de la Universidad
Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM), nombrada por Decreto Rectoral 37/2023,
de 28 de junio, y actuando por delegación del Rector según Decreto Rectoral 28/2023,
de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense
de Madrid, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole
organizativo, publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» el 10 de julio
de 2023.
Y de otra parte, don Enrique Maurer Somolinos, Director General, en nombre y
representación Entidad Pública Empresarial ENAIRE, según resulta de la Resolución
de 8 de junio de 2023, del Presidente del Consejo Rector de la entidad, por la que se
publica el Acuerdo del Consejo Rector de 7 de junio de 2023, publicada en el «Boletín
cve: BOE-A-2024-22410
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 17 de octubre de 2024.