III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22418)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta fotovoltaica Las Majas VII B, de 10,89 MW, para su hibridación con el parque eólico existente Las Majas VII B, de 49,40 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Miércoles 30 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 138905

de vegetación natural no se ocuparán por instalaciones auxiliares u otras labores de
obra; localización y señalización, durante todas las fases del proyecto, de los hábitats y
poblaciones de flora singular y/o sensible del ámbito del proyecto; obtención de
autorización para el descuaje de vegetación arbórea o arbustiva; prohibición de tránsito
de maquinaria fuera de los límites establecidos; recogida y transporte a vertedero de
posible material de desbroce de vegetación; prohibición de realización de fuegos y
disposición de extintores durante las labores que impliquen riesgo de incendio,
especialmente durante el 15 de junio y el 15 de septiembre.
Asimismo, se prevé un plan de recuperación ambiental que contempla la restitución
de la capa de tierra vegetal en zonas de obra sin vegetación natural; la restauración de
vegetación natural en 0,149 ha de superficie alterada por la línea subterránea, mediante
hidrosiembra de gramíneas y leguminosas; y la creación de una orla vegetal o «ecotono»
en las áreas de vallado y formando islas. Desde el límite exterior del vallado perimetral
se realizará una pantalla vegetal de hasta 2 m de ancho, en una superficie total de
plantación de 4.204 m2 de seto arbustivo bajo de romero, tomillo, espino negro y/o
coscoja, con funciones de ocultación paisajística, uso de la fauna local y para evitar
discontinuidades en el hábitat por dicho vallado. En el interior de la planta se realizarán 5
islas, de 10 m de diámetro, para ser utilizada por la fauna terrestre, cuya ubicación,
superficies, especies a emplear y medidas de protección se detallan en el anexo II de la
documentación adicional.
En la fase de funcionamiento, se favorecerá y mantendrá una cobertura vegetal de
porte herbáceo en el interior de la planta, para la creación de un biotopo lo más parecido
posible a los hábitats circundantes o potenciales de la zona; se controlará su crecimiento
mediante pastoreo con ovejas como sistema prioritario que, en caso necesario, se
complementará con medios mecánicos, y en ningún caso se utilizarán herbicidas; el
mantenimiento de las islas de vegetación se centrará en la época estival con tres riegos
anuales durante los dos primeros años; se evaluará la efectividad de la restauración
ambiental, con comprobación durante los cinco años siguientes del desarrollo de las
plantaciones y el porcentaje de éxito. Se revisará el Plan de restauración vegetal con
objeto de valorar la necesidad de realizar operaciones de reposición o de estabilizar
taludes que hayan quedado en mal estado.
El INAGA señala en su informe diversas medidas relacionadas con el plan de
restauración, el mantenimiento de la cubierta herbácea y el HIC 5330 que han sido
incorporadas por el promotor al proyecto y expuestas en los párrafos anteriores.
Como resultado del análisis técnico, se incluyen medidas adicionales en el
condicionado de la presente resolución.
Fauna.

El ámbito del proyecto corresponde en su mayor parte al hábitat faunístico de cultivos
de secano, que es utilizado como zona de campeo y caza por aves rapaces y esteparias.
Otras especies de los grupos de reptiles, anfibios y mamíferos aparecen en las
márgenes entre parcelas de cultivo. Los matorrales son aprovechados como zona de
alimentación por especies como el conejo, la liebre, el zorro, etc., y es un hábitat
adecuado para los reptiles. Las zonas de repoblación de pino carrasco son utilizadas por
corzo, jabalí y zorro.
El estudio de impacto ambiental incluye un catálogo con el listado de las especies de
anfibios, reptiles y mamíferos, incluidos quirópteros, presentes en el ámbito de estudio,
elaborado a partir de información bibliográfica.
Asimismo, incluye un estudio de avifauna, realizado con información bibliográfica en
la que se citan 80 especies de aves. De estas, por su grado de amenaza, se consideran
relevantes 9 especies, de las que 6 son rapaces águila-azor perdicera (Aquila fasciata),
con categoría «en peligro de extinción» (PE); alimoche (Neophron percnopterus) y
aguilucho cenizo (Circus pygargus), con categoría de «vulnerable» (VU); y buitre leonado
(Gyps fulvus), aguilucho pálido (Circus cyaneus) y águila real (Aquila chrysaetos),
incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial

cve: BOE-A-2024-22418
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3.2.5