III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22418)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta fotovoltaica Las Majas VII B, de 10,89 MW, para su hibridación con el parque eólico existente Las Majas VII B, de 49,40 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Miércoles 30 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138910
3.3
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.
El estudio de impacto ambiental incluye un apartado que analiza los riesgos más
relevantes asociados a fenómenos naturales. Considera inexistentes los riesgos
geológicos (colapsos, deslizamientos y desprendimientos) y de inundación. Valora como
bajo el riesgo sísmico y como medio el riesgo por fenómenos meteorológicos.
A la vista de los valores anteriores, considera que la probabilidad de que ocurra una
catástrofe es muy baja. Respecto a los riesgos derivados de accidentes graves, valora
cve: BOE-A-2024-22418
Verificable en https://www.boe.es
Concluye que la acumulación de proyectos provocará la potencial pérdida y
fragmentación de hábitat de alimentación, refugio y reproducción para las especies
ligadas a los ecosistemas agroesteparios, así como un incremento del efecto barrera.
Por todo ello, el programa de vigilancia ambiental incluye el seguimiento de las aves de
interés del entorno de la planta, para detectar posibles modificaciones, desplazamientos
o mortalidad en sus poblaciones, a fin de aplicar las medidas necesarias para corregir
situaciones negativas, entre ellas los valores elevados de mortalidad.
El estudio de impacto ambiental propone medidas en relación con los efectos
acumulativos/sinérgicos sobre la vegetación y el paisaje, coincidentes con las recogidas
en los correspondientes apartados de esta resolución. Respecto a la fauna, indica que
para el conjunto de plantas proyectadas se ha buscado mantener los corredores de
desplazamiento frecuente de las especies; se eliminarán las bajas de animales
domésticos y/o salvajes del interior de la planta, para evitar la atracción de aves
carroñeras. Como medidas complementarias, el promotor manifiesta su disponibilidad a
participar con la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Gobierno de
Aragón en acciones de conservación estratégicas, mediante una colaboración razonable
y proporcional a los impactos generados, durante un periodo de tiempo razonable y
asumible.
El INAGA señala que con el elevado número de aerogeneradores y plantas
fotovoltaicas instalados y/o proyectados en la zona, además de líneas eléctricas de
evacuación, la ejecución de los proyectos supone la concentración de impactos sobre los
diferentes factores ambientales. Esta concentración de proyectos supondrá una
fragmentación muy importante del territorio y la reducción del hábitat natural disponible,
que podría comprometer la viabilidad de numerosas especies y poblaciones de avifauna,
muchas de ellas incluidas en las categorías más altas de protección de los Catálogos
Aragonés y Español de Especies Amenazadas. Por ello, propone medidas ya recogidas
en el apartado de fauna de esta resolución. El promotor muestra conformidad con lo
manifestado.
La Dirección General de Desarrollo Territorial del Gobierno de Aragón estima
conveniente la realización de un estudio de sinergias e impactos acumulativos en
relación con las principales infraestructuras presentes y proyectadas en un radio de 10
km del proyecto, y muestra su preocupación ante el aumento de proyectos de energías
renovables en Aragón. El promotor muestra conformidad con lo manifestado.
Enel Green Power España, SL, titular del parque eólico Tico, en funcionamiento,
presenta escrito en el que manifiesta graves defectos en los estudios de impacto
ambiental de las plantas fotovoltaicas «Las Majas VII A, B, C y D», al omitir e infravalorar
los impactos sinérgicos con todos los proyectos eólicos existentes, incluido el parque
eólico Tico, que cuenta con un aerogenerador a menos de 100 m del vallado de la planta
Las Majas C, lo que supone una modificación de las condiciones ambientales bajo las
cuales fue otorgada su declaración de impacto ambiental. El promotor responde, entre
otros aspectos, que los proyectos se han planteado sobre terrenos ya antropizados, para
minimizar los efectos sinérgicos, con excepción de la afección paisajística, y que el
estudio de sinergias ha analizado los principales vectores ambientales. Asimismo, señala
que se han incorporado a los proyectos determinadas medidas ambientales aplicadas a
otras instalaciones de este promotor y muy próximos a los actuales proyectos, en base a
las indicaciones del INAGA.
Núm. 262
Miércoles 30 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138910
3.3
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.
El estudio de impacto ambiental incluye un apartado que analiza los riesgos más
relevantes asociados a fenómenos naturales. Considera inexistentes los riesgos
geológicos (colapsos, deslizamientos y desprendimientos) y de inundación. Valora como
bajo el riesgo sísmico y como medio el riesgo por fenómenos meteorológicos.
A la vista de los valores anteriores, considera que la probabilidad de que ocurra una
catástrofe es muy baja. Respecto a los riesgos derivados de accidentes graves, valora
cve: BOE-A-2024-22418
Verificable en https://www.boe.es
Concluye que la acumulación de proyectos provocará la potencial pérdida y
fragmentación de hábitat de alimentación, refugio y reproducción para las especies
ligadas a los ecosistemas agroesteparios, así como un incremento del efecto barrera.
Por todo ello, el programa de vigilancia ambiental incluye el seguimiento de las aves de
interés del entorno de la planta, para detectar posibles modificaciones, desplazamientos
o mortalidad en sus poblaciones, a fin de aplicar las medidas necesarias para corregir
situaciones negativas, entre ellas los valores elevados de mortalidad.
El estudio de impacto ambiental propone medidas en relación con los efectos
acumulativos/sinérgicos sobre la vegetación y el paisaje, coincidentes con las recogidas
en los correspondientes apartados de esta resolución. Respecto a la fauna, indica que
para el conjunto de plantas proyectadas se ha buscado mantener los corredores de
desplazamiento frecuente de las especies; se eliminarán las bajas de animales
domésticos y/o salvajes del interior de la planta, para evitar la atracción de aves
carroñeras. Como medidas complementarias, el promotor manifiesta su disponibilidad a
participar con la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Gobierno de
Aragón en acciones de conservación estratégicas, mediante una colaboración razonable
y proporcional a los impactos generados, durante un periodo de tiempo razonable y
asumible.
El INAGA señala que con el elevado número de aerogeneradores y plantas
fotovoltaicas instalados y/o proyectados en la zona, además de líneas eléctricas de
evacuación, la ejecución de los proyectos supone la concentración de impactos sobre los
diferentes factores ambientales. Esta concentración de proyectos supondrá una
fragmentación muy importante del territorio y la reducción del hábitat natural disponible,
que podría comprometer la viabilidad de numerosas especies y poblaciones de avifauna,
muchas de ellas incluidas en las categorías más altas de protección de los Catálogos
Aragonés y Español de Especies Amenazadas. Por ello, propone medidas ya recogidas
en el apartado de fauna de esta resolución. El promotor muestra conformidad con lo
manifestado.
La Dirección General de Desarrollo Territorial del Gobierno de Aragón estima
conveniente la realización de un estudio de sinergias e impactos acumulativos en
relación con las principales infraestructuras presentes y proyectadas en un radio de 10
km del proyecto, y muestra su preocupación ante el aumento de proyectos de energías
renovables en Aragón. El promotor muestra conformidad con lo manifestado.
Enel Green Power España, SL, titular del parque eólico Tico, en funcionamiento,
presenta escrito en el que manifiesta graves defectos en los estudios de impacto
ambiental de las plantas fotovoltaicas «Las Majas VII A, B, C y D», al omitir e infravalorar
los impactos sinérgicos con todos los proyectos eólicos existentes, incluido el parque
eólico Tico, que cuenta con un aerogenerador a menos de 100 m del vallado de la planta
Las Majas C, lo que supone una modificación de las condiciones ambientales bajo las
cuales fue otorgada su declaración de impacto ambiental. El promotor responde, entre
otros aspectos, que los proyectos se han planteado sobre terrenos ya antropizados, para
minimizar los efectos sinérgicos, con excepción de la afección paisajística, y que el
estudio de sinergias ha analizado los principales vectores ambientales. Asimismo, señala
que se han incorporado a los proyectos determinadas medidas ambientales aplicadas a
otras instalaciones de este promotor y muy próximos a los actuales proyectos, en base a
las indicaciones del INAGA.