III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22417)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque eólico Las Viñas, de 85,18 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Palencia y Burgos».
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 30 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138893
evitar la contaminación o el deterioro de los hábitats de las especies incluidas en el
anexo I. La Directiva protege a estas especies con independencia de su ubicación y más
allá de que se encuentren o no en un área protegida.
La información disponible no da garantías suficientes de que el parque eólico no
provocará un impacto significativo sobre especies de fauna protegidas y amenazadas, a
pesar de las medidas mitigadoras propuestas. Asimismo, la propuesta de medidas
compensatorias en el entorno del parque eólico deviene insuficiente, debiéndose
aplicarse el principio de jerarquía de la mitigación y, en primer lugar, evitar la afección a
zonas de importancia y sensibilidad elevada para la aves rapaces y esteparias
protegidas.
De otra parte, no es posible descartar afección sobre poblaciones de especies de
flora protegida en la superficie ocupada por el proyecto, riesgo puesto de manifiesto para
varias especies por la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León, al no haberse realizado el estudio detallado de campo en época
fenológica adecuada requerido durante la presente tramitación ambiental.
El informe final de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León concluye que el proyecto del parque eólico Las Viñas resulta
ambientalmente inviable, no cabiendo proponer medidas preventivas, correctoras ni
compensatorias
Resultan de aplicación los principios de acción preventiva, de precaución y acción
cautelar y de actuación de acuerdo al mejor conocimiento científico disponible señalados
en la Ley 21/2013, de evaluación ambiental; el principio de precaución en las
intervenciones que puedan afectar a especies silvestres y la expresa prohibición de
destruir el hábitat de reproducción, invernada, reposo, campeo o alimentación de las
especies protegidas establecidos en la Ley 42/2007, del patrimonio natural y la
biodiversidad; y los principios de no provocar pérdida neta de biodiversidad y de
jerarquía de mitigación.
Por lo expuesto, este órgano ambiental concluye que el proyecto no resulta
ambientalmente viable, pudiendo provocar impactos ambientales significativos que no
quedarán suficientemente mitigados con las medidas propuestas.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el
apartado i del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental,
con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido
en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto
ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como
la documentación complementaria aportada por el promotor.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección
General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable a
la realización del proyecto «Parque Eólico Las Viñas de 85,18 MW y su infraestructura de
evacuación, en las provincias de Palencia y Burgos» puesto que, en la alternativa de
ubicación seleccionada para el parque eólico y con las medidas planteadas, no puede
cve: BOE-A-2024-22417
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 262
Miércoles 30 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138893
evitar la contaminación o el deterioro de los hábitats de las especies incluidas en el
anexo I. La Directiva protege a estas especies con independencia de su ubicación y más
allá de que se encuentren o no en un área protegida.
La información disponible no da garantías suficientes de que el parque eólico no
provocará un impacto significativo sobre especies de fauna protegidas y amenazadas, a
pesar de las medidas mitigadoras propuestas. Asimismo, la propuesta de medidas
compensatorias en el entorno del parque eólico deviene insuficiente, debiéndose
aplicarse el principio de jerarquía de la mitigación y, en primer lugar, evitar la afección a
zonas de importancia y sensibilidad elevada para la aves rapaces y esteparias
protegidas.
De otra parte, no es posible descartar afección sobre poblaciones de especies de
flora protegida en la superficie ocupada por el proyecto, riesgo puesto de manifiesto para
varias especies por la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León, al no haberse realizado el estudio detallado de campo en época
fenológica adecuada requerido durante la presente tramitación ambiental.
El informe final de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la
Junta de Castilla y León concluye que el proyecto del parque eólico Las Viñas resulta
ambientalmente inviable, no cabiendo proponer medidas preventivas, correctoras ni
compensatorias
Resultan de aplicación los principios de acción preventiva, de precaución y acción
cautelar y de actuación de acuerdo al mejor conocimiento científico disponible señalados
en la Ley 21/2013, de evaluación ambiental; el principio de precaución en las
intervenciones que puedan afectar a especies silvestres y la expresa prohibición de
destruir el hábitat de reproducción, invernada, reposo, campeo o alimentación de las
especies protegidas establecidos en la Ley 42/2007, del patrimonio natural y la
biodiversidad; y los principios de no provocar pérdida neta de biodiversidad y de
jerarquía de mitigación.
Por lo expuesto, este órgano ambiental concluye que el proyecto no resulta
ambientalmente viable, pudiendo provocar impactos ambientales significativos que no
quedarán suficientemente mitigados con las medidas propuestas.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el
apartado i del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental,
con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido
en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la
evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto
ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como
la documentación complementaria aportada por el promotor.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección
General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable a
la realización del proyecto «Parque Eólico Las Viñas de 85,18 MW y su infraestructura de
evacuación, en las provincias de Palencia y Burgos» puesto que, en la alternativa de
ubicación seleccionada para el parque eólico y con las medidas planteadas, no puede
cve: BOE-A-2024-22417
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 262