III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-22283)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión entre la Dirección General de la Guardia Civil y la Comunitat Valenciana, para la seguridad en los edificios de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Martes 29 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 138310

7. Efectuados los ingresos, la Comunitat Valenciana aportará a las Habilitaciones de la
Guardia Civil los documentos acreditativos de pago que dispone el artículo 4.2 de la «Orden
HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de
modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto
con cargo a ejercicios futuros», al objeto de iniciar los trámites preceptivos para generar el
crédito necesario en los conceptos presupuestarios que correspondan.
8. En el ejercicio siguiente se procederá, en su caso, y previa justificación de la
Dirección General de la Guardia Civil, a la liquidación a que hubiera lugar por los
desfases que se hayan producido entre lo ingresado y lo realmente devengado, o al
reintegro que proceda si la justificación resultase inferior a las cantidades anticipadas,
pudiéndose, en el caso de que exista prórroga de la encomienda, compensar la cantidad
excedente minorando en la misma cuantía el anticipo del siguiente ejercicio.
9. Los importes que la Comunitat Valenciana ha de aportar en los ejercicios en los
que esté vigente la encomienda, correspondientes a las diferencias retributivas del
apartado 4 se actualizarán, como mínimo, según lo que se establezca en las normas que
regulen las retribuciones del personal de la Guardia Civil, tanto las anuales
presupuestarias, como las que se puedan dictar a lo largo del ejercicio.
Todo ello sujeto a los criterios, instrucciones y limitaciones que sobre la materia
pueda dictar el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
10. El ingreso de las cuantías por otros conceptos presupuestarios distintos de las
diferencias retributivas y de la productividad se materializará de forma desagregada
atendiendo a la naturaleza de los gastos a compensar según se detalla a continuación, a
fin de facilitar su incorporación en el expediente de modificación de crédito:
a) Gastos derivados del equipamiento o medios materiales precisos para la
realización del servicio.
b) Gastos sobre indemnizaciones por razón del servicio.
c) Gastos de reposición de vestuario.

Anualidades

Crédito

Euros

2024

4.154.281,87

2025

4.278.910,33*

2026

4.407.277,63*

2027

4.539.495,96*

* Estos importes quedarán condicionados a la existencia de consignación presupuestaria suficiente y
adecuada en los respectivos ejercicios.

cve: BOE-A-2024-22283
Verificable en https://www.boe.es

11. Durante la vigencia de la presente encomienda, con periodicidad anual, se
acordará en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento, los edificios donde se
establecerán los destacamentos y el número de efectivos del Cuerpo de la Guardia Civil
precisos para cubrir la vigilancia, los incentivos al personal, las necesidades de éste y las
relativas al servicio, así como los recursos económicos que aportará la Dirección General
de Justicia en la Comunitat Valenciana, de acuerdo con sus disponibilidades
presupuestarias para cada ejercicio presupuestario, para hacer frente a los gastos
derivados de la aplicación de la encomienda. La actualización de los gastos de personal
deberá recoger, al menos, los incrementos que establezcan las leyes anuales de
presupuestos, y demás normas de aplicación, referidas a las retribuciones básicas y
complementarias de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
12. La compensación de los gastos generados por la actividad encomendada se
realizará con cargo a la aplicación de los presupuestos de la Dirección General de
Justicia G01070201141A002, de acuerdo con el siguiente detalle y atendiendo a los
costes estimados de su ejecución: