III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2024-22288)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica el Convenio con la Plataforma Tecnológica del Vino de España, en materia de propiedad industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Martes 29 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138363
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
22288
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Oficina Española de Patentes y
Marcas, O.A., por la que se publica el Convenio con la Plataforma
Tecnológica del Vino de España, en materia de propiedad industrial.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O.A. y la Plataforma Tecnológica del Vino de España (PTV) en
materia de propiedad industrial.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta el
acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del
correspondiente al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Madrid, 23 de octubre de 2024.–La Directora de la Oficina Española de Patentes y
Marcas, O.A., Elisa Rodríguez Ortiz.
CONVENIO ENTRE LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, O.A.
(OEPM) Y LA PLATAFORMA TECNOLÓGICA DEL VINO DE ESPAÑA EN MATERIA
DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Madrid, a 18 de octubre de 2024.
De una parte: doña Elisa Rodríguez Ortiz, Directora de la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O. A. (en adelante, OEPM), nombrada por el Real Decreto 556/2024,
de 11 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 12 de junio de 2024), actuando como
representante de la misma en virtud de las facultades que le confieren la Ley 17/1975,
de 2 de mayo, sobre creación del Organismo Autónomo Registro de la Propiedad
Industrial en su artículo quinto, y el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se
regula la Oficina Española de Patentes y Marcas en su artículo seis.
De otra parte: don Iñigo Torres Andrés, en nombre y representación de la Plataforma
Tecnológica del Vino de España (en adelante, PTV), con domicilio en Logroño, calle
Nocedillo, 20B, y con NIF 16****18-L, en calidad de Secretario General, nombrado para
este cargo mediante designación de Junta Directiva y aprobación de la XI Asamblea
General de Socios, del 9 de mayo de 2023, en virtud de las competencias que le atribuye
los poderes específicos de su cargo según la escritura pública HS9259261 08/2023,
del 24 de abril de 2024.
EXPONEN
Que la OEPM es el organismo que tiene atribuida, en virtud del artículo 2 de la
Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo Autónomo Registro de la
cve: BOE-A-2024-22288
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 261
Martes 29 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138363
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
22288
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Oficina Española de Patentes y
Marcas, O.A., por la que se publica el Convenio con la Plataforma
Tecnológica del Vino de España, en materia de propiedad industrial.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O.A. y la Plataforma Tecnológica del Vino de España (PTV) en
materia de propiedad industrial.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta el
acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del
correspondiente al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Madrid, 23 de octubre de 2024.–La Directora de la Oficina Española de Patentes y
Marcas, O.A., Elisa Rodríguez Ortiz.
CONVENIO ENTRE LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, O.A.
(OEPM) Y LA PLATAFORMA TECNOLÓGICA DEL VINO DE ESPAÑA EN MATERIA
DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Madrid, a 18 de octubre de 2024.
De una parte: doña Elisa Rodríguez Ortiz, Directora de la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O. A. (en adelante, OEPM), nombrada por el Real Decreto 556/2024,
de 11 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 12 de junio de 2024), actuando como
representante de la misma en virtud de las facultades que le confieren la Ley 17/1975,
de 2 de mayo, sobre creación del Organismo Autónomo Registro de la Propiedad
Industrial en su artículo quinto, y el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se
regula la Oficina Española de Patentes y Marcas en su artículo seis.
De otra parte: don Iñigo Torres Andrés, en nombre y representación de la Plataforma
Tecnológica del Vino de España (en adelante, PTV), con domicilio en Logroño, calle
Nocedillo, 20B, y con NIF 16****18-L, en calidad de Secretario General, nombrado para
este cargo mediante designación de Junta Directiva y aprobación de la XI Asamblea
General de Socios, del 9 de mayo de 2023, en virtud de las competencias que le atribuye
los poderes específicos de su cargo según la escritura pública HS9259261 08/2023,
del 24 de abril de 2024.
EXPONEN
Que la OEPM es el organismo que tiene atribuida, en virtud del artículo 2 de la
Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo Autónomo Registro de la
cve: BOE-A-2024-22288
Verificable en https://www.boe.es
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