II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Reservistas voluntarios. (BOE-A-2024-22160)
Resolución 452/38446/2024, de 23 de octubre, de la Subsecretaría, por la que se convoca el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la adquisición de la condición de reservista voluntario de las Fuerzas Armadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 137673

correspondientes indemnizaciones por realización del periodo correrán a cargo de cada
Ejército, Armada o de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar en el
caso de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, salvo para los aspirantes a
reservista voluntario de los Ejércitos y Armada que tengan como unidad de destino
alguna UCO ajena a la estructura orgánica de los mismos, en cuyo caso los gastos
anteriormente mencionados correrán a cargo de esta última.
El título de viajero no podrá ser reducido a metálico, en caso de no utilizar los medios
de transporte concertados por el Ministerio de Defensa.
Aquellos que residan en el extranjero dispondrán de un documento expedido por la
autoridad militar correspondiente, con el que obtendrán el título de viajero, desde el
punto de entrada en territorio nacional hasta el CDMF o unidad, centro u organismo que
corresponda.
Datos administrativos:
a) Ejército de Tierra: UGA AUTORIZADORA: ETM333000 (DIEN). Código de
actividad: a determinar por la UGA autorizadora.
b) Estado Mayor de la Defensa: Entorno: EMAD. Centro de Responsabilidad del
Gasto 021. UGA Autorizadora: la de activación para la formación de cada ARV.
c) Unidad Militar de Emergencias: Entorno: CGR 036.–U.M.E. Sección de Asuntos
Económicos, UGA Autorizadora: UME380601-J1 (PERSONAL).
d) Armada: Código de Operación PZZ001. NÚM. Comisión CUPO ALPERCURSOS 855.010/25.
e) Ejército del Aire y del Espacio: SIDAE - Tipo de comisión: CS Enseñanza
Indemnización reservistas - Entorno: DAE (EA) - UGA Autoriza: EAMA17 DEN - COD
Actividad: FI-EAMA17/2025-ASISTENCIAS.
f) Cuerpos Comunes: SIDAE. Unidad de gasto 044.–Reservistas DIGEREM.
g) Centro de sistemas y tecnología de la información y las comunicaciones: SIDAE.
Unidad de gasto SP0129514 CESTIC.
h) Subdirección General de Personal Militar: Código de Autoridad Delegada/UGA
Autorizadora: 014 - DIGENPER. Código de Actividad: CS SP01 RESERVISTAS.
9.4 Los periodos de Formación Militar Básica y Específica deberán realizarse en
alguna de las fechas asignadas para esta convocatoria o, por causa justificada, en las
correspondientes a la siguiente que se convoque para acceso a la condición de
reservista voluntario. En caso de no realizarlo así, se causará baja en el proceso de
selección, perdiendo el derecho derivado de la plaza asignada.
Si por causa justificada de fuerza mayor alguno de los seleccionados no pudiera
efectuar su presentación en el CDMF, comunicará de forma expresa tal circunstancia. La
comunicación, y en su caso la solicitud de cambio de fechas, irá dirigida a la Dirección de
Enseñanza correspondiente o a la Subdirección General de Enseñanza Militar en el caso
de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, para su consideración y resolución, y
lo hará a través de la Subdelegación de Defensa de la que dependa, debiendo tener
entrada en el registro de la misma, con un mínimo de quince (15) días hábiles antes de
la fecha inicialmente prevista de incorporación.
9.5 Los aspirantes seleccionados para acceder a una nueva plaza de categoría
superior, realizarán el periodo de Formación Militar Básica correspondiente y la
Específica (cuando el área de trabajo y cometidos asociados a la nueva plaza fuesen
distintos de los realizados en función de la plaza que actualmente ocupan y/o cuando se
pretenda cambiar la unidad de asignación) con una duración máxima de quince (15) días
naturales, de la que podrán quedar eximidos parcialmente, según determine el Mando de
Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra, la Jefatura de Personal de la Armada o
el Mando de Personal del Ejército del Aire y del Espacio. Durante la asistencia a estos
nuevos periodos de Formación Militar, Básica y Específica, tendrá la consideración de
aspirante a todos los efectos.
Asimismo, el Mando de Personal del Ejército de Tierra, la Jefatura de Personal de la
Armada y el Mando de Personal del Ejército del Aire y del Espacio remitirán a los

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Núm. 260