II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Funcionarios docentes en el exterior. (BOE-A-2024-22166)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de personal docente en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 137801

6. Será de aplicación a los miembros de la Comisión de Selección y de las
Comisiones de Valoración, así como, en su caso, a los asesores y asesoras
especialistas, el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por
razón del servicio.
7. Las organizaciones sindicales más representativas en el sector de la enseñanza
pública docente no universitaria serán informadas periódicamente de los procedimientos
que se desarrollen al amparo de esta convocatoria. A estos efectos serán citadas a las
correspondientes reuniones informativas, al menos, con cuarenta y ocho horas de
antelación.
Cuarta. Listas provisionales y definitivas de personas admitidos y excluidos y
valoración de la Fase General.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, esta
Subsecretaría dictará Resolución que se publicará en la página web del Ministerio:
https://www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
funcionarios-docentes/concurso.html, que dará acceso al presente concurso de méritos,
en la que se anunciará la fecha de exposición de las listas provisionales de aspirantes
que, por reunir los requisitos generales de participación a que se refiere la base primera,
resulten admitidos y de quienes, por no haber demostrado estar en posesión de dichos
requisitos, resulten excluidos provisionalmente, con indicación de las causas de
exclusión.
Estas listas contendrán los niveles e idiomas que en la presente convocatoria se
acrediten a cada participante siempre que estos sean los requeridos para los puestos
solicitados. Asimismo, se le podrá reconocer el nivel de conocimiento de otros idiomas
distintos a los acreditados, cuando estos se correspondan con alguno de los exigidos
para las vacantes ofertadas en la presente convocatoria. Ese reconocimiento les podrá
ser válido para acreditar los idiomas correspondientes en la siguiente convocatoria de
concurso de méritos, en función de los puestos a los que opte en la forma que se indique
en esa convocatoria. La justificación del conocimiento de los idiomas se hará de acuerdo
con lo previsto en la base segunda 2.3.e). Las citadas listas contendrán las
especialidades acreditadas para el puesto solicitado, así como otras especialidades no
requeridas para los puestos seleccionados por las personas candidatas y debidamente
justificadas conforme a la normativa establecida en la base primera apartado A).2.
Igualmente, contendrán las puntuaciones provisionales de la fase general
correspondiente a los distintos apartados del baremo de méritos aprobadas por la
Comisión de Selección. En el caso de aspirantes provisionalmente excluidos, la validez
de estas puntuaciones y de los idiomas acreditados y/o reconocidos quedará
condicionada a su admisión definitiva.
2. El personal participante dispondrá de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la publicación de estas listas, para subsanar la posible causa
que hubiera supuesto su exclusión o para subsanar los méritos alegados pero
insuficiente o defectuosamente justificados, así como para presentar reclamaciones
contra las puntuaciones provisionales otorgadas y los idiomas acreditados y/o
reconocidos.
Los escritos de reclamación deberán presentarse a través del registro electrónico de
la Administración General del Estado https://administracion.gob.es/ y dirigirse a la
Subsecretaría de este Ministerio, Subdirección General de Personal-Área Docente.
3. Vistas las reclamaciones presentadas dentro del plazo establecido, esta
Subsecretaría dictará resolución, en la que se anunciará la fecha de exposición de las
listas definitivas de aspirantes admitidos, con indicación de las puntuaciones definitivas
de la fase general y de los idiomas y niveles definitivamente acreditados y/o reconocidos,
y especialidades acreditadas y otras no requeridas para los puestos solicitados, así
como las listas definitivas de aspirantes excluidos con indicación de las causas que han
motivado su exclusión, declarando desestimadas las reclamaciones presentadas que no
hayan supuesto modificaciones con respecto a las listas provisionales. Esta resolución

cve: BOE-A-2024-22166
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Núm. 260