III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-22178)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Fundación Vodafone España, para llevar a cabo el proyecto «DigiCraft en tu cole» en los centros de Educación Primaria de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
8.
Sec. III. Pág. 137921
Notificaciones.
8.1 Las notificaciones formales por escrito que deban efectuarse en virtud del
presente Convenio Marco o en relación con el mismo se realizarán por escrito y se
considerarán debidamente efectuadas: (i) cuando se entreguen, si se entregan por
mensajero en horario de 9.00 a 17.00 horas; (ii) cuando se envíen, si se transmiten por
fax (transmisión confirmada) en horario de 9.00 a 17.00 horas; y (iii) el quinto día hábil
siguiente al envío por correo, si se envían por correo firmado (franqueo pagado) o su
equivalente en el país de envío. Las direcciones de los servicios figurarán en el
convenio.
8.2 Las comunicaciones que no requieran notificación formal por escrito podrán
efectuarse por correo electrónico.
9.
Miscelánea.
cve: BOE-A-2024-22178
Verificable en https://www.boe.es
9.1 Las disposiciones del presente acuerdo son divisibles. Si alguna frase, cláusula
o disposición es inválida o inaplicable en su totalidad o en parte, dicha invalidez o
inaplicabilidad sólo afectará a dicha frase, cláusula o disposición, y el resto del presente
acuerdo permanecerá en pleno vigor y efecto.
9.2 Las disposiciones del presente acuerdo perdurarán en beneficio de las partes y
serán vinculantes para éstas y sus respectivos sucesores y cesionarios.
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
8.
Sec. III. Pág. 137921
Notificaciones.
8.1 Las notificaciones formales por escrito que deban efectuarse en virtud del
presente Convenio Marco o en relación con el mismo se realizarán por escrito y se
considerarán debidamente efectuadas: (i) cuando se entreguen, si se entregan por
mensajero en horario de 9.00 a 17.00 horas; (ii) cuando se envíen, si se transmiten por
fax (transmisión confirmada) en horario de 9.00 a 17.00 horas; y (iii) el quinto día hábil
siguiente al envío por correo, si se envían por correo firmado (franqueo pagado) o su
equivalente en el país de envío. Las direcciones de los servicios figurarán en el
convenio.
8.2 Las comunicaciones que no requieran notificación formal por escrito podrán
efectuarse por correo electrónico.
9.
Miscelánea.
cve: BOE-A-2024-22178
Verificable en https://www.boe.es
9.1 Las disposiciones del presente acuerdo son divisibles. Si alguna frase, cláusula
o disposición es inválida o inaplicable en su totalidad o en parte, dicha invalidez o
inaplicabilidad sólo afectará a dicha frase, cláusula o disposición, y el resto del presente
acuerdo permanecerá en pleno vigor y efecto.
9.2 Las disposiciones del presente acuerdo perdurarán en beneficio de las partes y
serán vinculantes para éstas y sus respectivos sucesores y cesionarios.