III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-22191)
Resolución de 19 de octubre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Fundación San Millán de la Cogolla, para la digitalización de documentos que se conservan en el Archivo Histórico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138057
2. Así mismo se realizarán las tareas previas necesarias para la correcta
reproducción, la identificación y la descripción normalizada de la documentación.
3. Es también objeto de este convenio la difusión a través del portal de la
Fundación San Millán de la Cogolla.
Segunda.
Compromisos generales.
1. Tanto las tareas previas como la reproducción digital se realizarán por personal
contratado a tal efecto por la Fundación San Millán de la Cogolla en la sede del AHN,
custodio del fondo original, dentro de su horario de funcionamiento, conforme a las
instrucciones de su Dirección. El personal contratado a tal efecto deberá estar
suficientemente cualificado para cada una de las fases de desarrollo del convenio
conforme a los criterios establecidos en los Archivos Estatales y respetará en todo
momento la normativa del AHN, en especial en lo relacionado con las medidas de
prevención laboral.
2. Con carácter general, se establece un horario de 8:00 a 15:00 de lunes a
viernes.
3. La contratación de personal técnico por parte de Fundación San Millán de la
Cogolla no implica relación laboral alguna del mismo con el Ministerio de Cultura.
4. El Ministerio de Cultura queda exonerado de cualquier responsabilidad por daños
en las personas o cosas del personal designado para la colaboración.
Tercera. Finalidad de la reproducción.
1. La reproducción, objeto del presente convenio, tiene como finalidad última la
digitalización de un corpus documental destinado a usos internos de la Fundación San
Millán de la Cogolla, en orden a realizar estudios de investigación y su puesta a
disposición del público sin finalidad comercial.
2. La consulta se realizará de conformidad con las recomendaciones de la
Subdirección General de los Archivos Estatales y requerirá, en todo caso, la firma del
aviso legal común a todos los usuarios de los Archivos Estatales, comprometiéndose a
respetar la legalidad vigente en materia de patrimonio, propiedad intelectual y protección
de datos de carácter personal.
Cualquier otro uso o cesión a terceros, así como su utilización con fines distintos al
objeto de este, no estarán permitidos, debiendo contar para ello con la aprobación previa
del Ministerio de Cultura.
3. Para el uso de las imágenes digitalizadas en cualquier trabajo de investigación
se atendrá a las normas de la Subdirección General de los Archivos Estatales, en cuanto
a su cita y reproducción, precisando, por tanto, para la difusión de las mismas, de la
firma de las autorizaciones o licencias correspondientes con el AHN a través de la
Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
Compromisos específicos de la Fundación San Millán de la Cogolla.
1. La Fundación San Millán de la Cogolla se compromete a nombrar una persona
que ejerza la dirección ejecutiva del proyecto para coordinar la ejecución de los trabajos.
2. La Fundación San Millán de la Cogolla se compromete a aportar los medios
personales y materiales necesarios para la ejecución del objeto del convenio sin que
suponga gasto o coste adicional alguno para el Ministerio de Cultura. El personal
contratado a tal efecto deberá estar suficientemente cualificado conforme a los criterios
establecidos en los Archivos Estatales y respetará en todo momento la normativa del
AHN en especial en lo relacionado con las medidas de prevención laboral.
En ningún caso implicará relación laboral alguna entre el personal designado por
parte de la Fundación San Millán de la Cogolla para realizar tanto las tareas previas
como los trabajos de descripción normalizada y reproducción y el Ministerio de Cultura.
cve: BOE-A-2024-22191
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 138057
2. Así mismo se realizarán las tareas previas necesarias para la correcta
reproducción, la identificación y la descripción normalizada de la documentación.
3. Es también objeto de este convenio la difusión a través del portal de la
Fundación San Millán de la Cogolla.
Segunda.
Compromisos generales.
1. Tanto las tareas previas como la reproducción digital se realizarán por personal
contratado a tal efecto por la Fundación San Millán de la Cogolla en la sede del AHN,
custodio del fondo original, dentro de su horario de funcionamiento, conforme a las
instrucciones de su Dirección. El personal contratado a tal efecto deberá estar
suficientemente cualificado para cada una de las fases de desarrollo del convenio
conforme a los criterios establecidos en los Archivos Estatales y respetará en todo
momento la normativa del AHN, en especial en lo relacionado con las medidas de
prevención laboral.
2. Con carácter general, se establece un horario de 8:00 a 15:00 de lunes a
viernes.
3. La contratación de personal técnico por parte de Fundación San Millán de la
Cogolla no implica relación laboral alguna del mismo con el Ministerio de Cultura.
4. El Ministerio de Cultura queda exonerado de cualquier responsabilidad por daños
en las personas o cosas del personal designado para la colaboración.
Tercera. Finalidad de la reproducción.
1. La reproducción, objeto del presente convenio, tiene como finalidad última la
digitalización de un corpus documental destinado a usos internos de la Fundación San
Millán de la Cogolla, en orden a realizar estudios de investigación y su puesta a
disposición del público sin finalidad comercial.
2. La consulta se realizará de conformidad con las recomendaciones de la
Subdirección General de los Archivos Estatales y requerirá, en todo caso, la firma del
aviso legal común a todos los usuarios de los Archivos Estatales, comprometiéndose a
respetar la legalidad vigente en materia de patrimonio, propiedad intelectual y protección
de datos de carácter personal.
Cualquier otro uso o cesión a terceros, así como su utilización con fines distintos al
objeto de este, no estarán permitidos, debiendo contar para ello con la aprobación previa
del Ministerio de Cultura.
3. Para el uso de las imágenes digitalizadas en cualquier trabajo de investigación
se atendrá a las normas de la Subdirección General de los Archivos Estatales, en cuanto
a su cita y reproducción, precisando, por tanto, para la difusión de las mismas, de la
firma de las autorizaciones o licencias correspondientes con el AHN a través de la
Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
Compromisos específicos de la Fundación San Millán de la Cogolla.
1. La Fundación San Millán de la Cogolla se compromete a nombrar una persona
que ejerza la dirección ejecutiva del proyecto para coordinar la ejecución de los trabajos.
2. La Fundación San Millán de la Cogolla se compromete a aportar los medios
personales y materiales necesarios para la ejecución del objeto del convenio sin que
suponga gasto o coste adicional alguno para el Ministerio de Cultura. El personal
contratado a tal efecto deberá estar suficientemente cualificado conforme a los criterios
establecidos en los Archivos Estatales y respetará en todo momento la normativa del
AHN en especial en lo relacionado con las medidas de prevención laboral.
En ningún caso implicará relación laboral alguna entre el personal designado por
parte de la Fundación San Millán de la Cogolla para realizar tanto las tareas previas
como los trabajos de descripción normalizada y reproducción y el Ministerio de Cultura.
cve: BOE-A-2024-22191
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.