III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-22181)
Resolución de 17 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y la Universidad de Alicante, para la realización de prácticas académicas externas.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 137945
d) Organizar el régimen de permisos de los alumnos que realicen las prácticas,
debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la Universidad con el SEPE, a efectos
de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar al SEPE acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la
relación de alumnos que realicen las prácticas.
3. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor del SEPE en todos aquellos aspectos que afecten al
mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
4. Nombrar a los tutores de prácticas designados por el SEPE como «Tutor/a en
Prácticas Externas», de acuerdo con las condiciones establecidas por la propia
Universidad, reconociendo su actividad colaboradora. Los trámites necesarios para la
obtención del reconocimiento, serán realizados por el responsable del centro de la
Universidad.
5. La Universidad se hará cargo de las obligaciones en materia de Seguridad Social
contempladas en la disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4 letra b) del
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre que se deriven exclusivamente de la realización de
prácticas académicas externas curriculares sin remuneración.
6. Remitir trimestralmente al correo electrónico del SEPE que se determine un
documento.xls con la totalidad de estudiantes que han realizado o estén realizando
prácticas (numerados, sin especificar su nombre) al amparo del presente convenio,
según el formato siguiente:
7. Preseleccionar a los candidatos que, habiendo mostrado interés en la oferta de
prácticas realizada, reúnen los requisitos de titulación y curriculares definidos como
necesarios, al objeto de que el SEPE realice la selección última de los estudiantes UA
que realizarán sus prácticas académicas externas en el SEPE, en virtud del presente
convenio.
8. Ejercer de modo real, efectivo y continuo, la supervisión necesaria sobre los
alumnos que realicen las prácticas. En particular, asumirá la concesión de permisos, las
obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la
potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la
relación entre la Universidad y los alumnos.
9. Velar porque los alumnos que realicen las prácticas desarrollen su actividad sin
extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el
presente convenio.
Cuarta.
Obligaciones del SEPE.
1) Facilitar al estudiante la asistencia para la realización de sus exámenes
universitarios.
2) Nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y
de la valoración de su estancia, facilitando al responsable o tutor académico de prácticas
cve: BOE-A-2024-22181
Verificable en https://www.boe.es
Universidad.
Fecha de inicio de vigencia del convenio.
Fecha vencimiento del convenio.
Número de estudiante.
Sexo.
Titulación.
Fecha de inicio de las prácticas.
Fecha de finalización de las prácticas.
Entidad colaboradora.
Tutor académico.
Tutor en prácticas.
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
Sec. III. Pág. 137945
d) Organizar el régimen de permisos de los alumnos que realicen las prácticas,
debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la Universidad con el SEPE, a efectos
de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar al SEPE acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la
relación de alumnos que realicen las prácticas.
3. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor del SEPE en todos aquellos aspectos que afecten al
mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
4. Nombrar a los tutores de prácticas designados por el SEPE como «Tutor/a en
Prácticas Externas», de acuerdo con las condiciones establecidas por la propia
Universidad, reconociendo su actividad colaboradora. Los trámites necesarios para la
obtención del reconocimiento, serán realizados por el responsable del centro de la
Universidad.
5. La Universidad se hará cargo de las obligaciones en materia de Seguridad Social
contempladas en la disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4 letra b) del
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre que se deriven exclusivamente de la realización de
prácticas académicas externas curriculares sin remuneración.
6. Remitir trimestralmente al correo electrónico del SEPE que se determine un
documento.xls con la totalidad de estudiantes que han realizado o estén realizando
prácticas (numerados, sin especificar su nombre) al amparo del presente convenio,
según el formato siguiente:
7. Preseleccionar a los candidatos que, habiendo mostrado interés en la oferta de
prácticas realizada, reúnen los requisitos de titulación y curriculares definidos como
necesarios, al objeto de que el SEPE realice la selección última de los estudiantes UA
que realizarán sus prácticas académicas externas en el SEPE, en virtud del presente
convenio.
8. Ejercer de modo real, efectivo y continuo, la supervisión necesaria sobre los
alumnos que realicen las prácticas. En particular, asumirá la concesión de permisos, las
obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la
potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la
relación entre la Universidad y los alumnos.
9. Velar porque los alumnos que realicen las prácticas desarrollen su actividad sin
extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el
presente convenio.
Cuarta.
Obligaciones del SEPE.
1) Facilitar al estudiante la asistencia para la realización de sus exámenes
universitarios.
2) Nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y
de la valoración de su estancia, facilitando al responsable o tutor académico de prácticas
cve: BOE-A-2024-22181
Verificable en https://www.boe.es
Universidad.
Fecha de inicio de vigencia del convenio.
Fecha vencimiento del convenio.
Número de estudiante.
Sexo.
Titulación.
Fecha de inicio de las prácticas.
Fecha de finalización de las prácticas.
Entidad colaboradora.
Tutor académico.
Tutor en prácticas.