III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Premios. (BOE-A-2024-22189)
Orden VAU/1186/2024, de 21 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de la Casa de la Arquitectura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
Artículo 14.
Sec. III. Pág. 138046
Responsabilidad y régimen sancionador.
Los beneficiarios quedarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionador
que, sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones, establece el título IV
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su reglamento, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio. Asimismo, quedarán sometidos a lo dispuesto en el
capítulo III, del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Artículo 15.
Régimen jurídico.
Las subvenciones se regirán, además de por lo particularmente previsto en estas
bases, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y sus disposiciones de desarrollo, las
restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, se aplicarán las normas de
derecho privado.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta disposición se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.15.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado el fomento y coordinación general de la
investigación científica y técnica.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-22189
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de octubre de 2024.–La Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel
Rodríguez García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 260
Lunes 28 de octubre de 2024
Artículo 14.
Sec. III. Pág. 138046
Responsabilidad y régimen sancionador.
Los beneficiarios quedarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionador
que, sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones, establece el título IV
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su reglamento, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio. Asimismo, quedarán sometidos a lo dispuesto en el
capítulo III, del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Artículo 15.
Régimen jurídico.
Las subvenciones se regirán, además de por lo particularmente previsto en estas
bases, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y sus disposiciones de desarrollo, las
restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, se aplicarán las normas de
derecho privado.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta disposición se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.15.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado el fomento y coordinación general de la
investigación científica y técnica.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-22189
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de octubre de 2024.–La Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel
Rodríguez García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X