I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Procesos de facturación. (BOE-A-2024-22138)
Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; y en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260

BLOQUE

Lunes 28 de octubre de 2024

DATOS/
AGRUPA
CIÓN

DATOS/
AGRUPACIÓN

DATOS/
AGRUPACIÓN

DATOS/ AGRUPACIÓN

DATOS/
AGRUPACIÓN

TipoHuella1
HuellaEvento

1

Signature1

Sec. I. Pág. 137555

DESCRIPCIÓN

FORMATO /
(LONGITUD) /
LISTA

Tipo de algoritmo aplicado a cierto contenido del registro de evento
para obtener la huella o «hash».

Alfanumérico (2)
L12

Huella o «hash» de cierto contenido de este registro de evento.
Dicho contenido se detallará en la documentación correspondiente
en la sede electrónica de la AEAT (documento de huella...).

Alfanumérico (64)

Firma electrónica del registro de evento en formato Xades
Enveloped
Namespace=http://www.w3.org/2000/09/xmldsig#

2.6

Ver formato del
"schema", en
http://www.w3.or
g/2000/09/xmldsi
g#

Bloque 6: «SistemaInformatico».

Bloque correspondiente a los datos que constituyen la definición del sistema
informático, que se utiliza dentro de otros bloques.

SistemaInformatico1

DATOS/ AGRUPACIÓN

DATOS/ AGRUPACIÓN

NombreRazon1

Nombre-razón social de la persona o entidad productora (ver * NOTA
aclaratoria al final del bloque «SistemaInformatico»).

NIF1

NIF de la persona o entidad productora (ver * NOTA aclaratoria al final del
bloque «SistemaInformatico»).

IDOtro1

CodigoPais

Código del país de la persona o entidad productora (ver * NOTA
aclaratoria al final del bloque «SistemaInformatico»).

IDType1

Clave para establecer el tipo de identificación de la persona o entidad
productora (ver * NOTA aclaratoria al final del bloque
«SistemaInformatico»).
Número de identificación de la persona o entidad productora (ver * NOTA
aclaratoria al final del bloque «SistemaInformatico») en el país de
residencia.
Nombre dado por la persona o entidad productora a su sistema
informático de facturación (SIF) que, una vez instalado, se constituye en el
SIF utilizado. Obligatorio en registros de facturación de alta y de
anulación, y opcional en registros de evento.
Código identificativo dado por la persona o entidad productora a su
sistema informático de facturación (SIF) que, una vez instalado, se
constituye en el SIF utilizado. Deberá distinguirlo de otros posibles SIF
distintos que produzca esta misma persona o entidad productora. Se
detallarán las posibles restricciones a sus valores en la documentación
correspondiente en la sede electrónica de la AEAT (documento de
validaciones...).
Identificación de la versión del sistema informático de facturación (SIF)
que se ejecuta en el sistema informático de facturación utilizado.

ID1
NombreSistemaInformatico

IdSistemaInformatico1

Version1

BLOQUE

DESCRIPCIÓN

DATOS/ AGRUPACIÓN
NumeroInstalacion1

TipoUsoPosibleSoloVerifactu

TipoUsoPosibleMultiOT

IndicadorMultiplesOT

DATOS/ AGRUPACIÓN

DESCRIPCIÓN
Número de instalación del sistema informático de facturación (SIF)
utilizado. Deberá distinguirlo de otros posibles SIF utilizados para realizar
la facturación del obligado a expedir facturas, es decir, de otras posibles
instalaciones de SIF pasadas, presentes o futuras utilizadas para realizar
la facturación del obligado a expedir facturas, incluso aunque en dichas
instalaciones se emplee el mismo SIF de un productor.
Especifica si para cumplir el Reglamento el sistema informático de
facturación solo puede funcionar exclusivamente como «VERI*FACTU»
(valor "S") o puede funcionar también como «NO VERI*FACTU» (valor
"N"). Obligatorio en registros de facturación de alta y de anulación. No
aplica en registros de evento.
Especifica si el sistema informático de facturación permite llevar
independientemente la facturación de varios obligados tributarios (valor
"S") o solo de uno (valor "N"). Obligatorio en registros de facturación de
alta y de anulación, y opcional en registros de evento.
Indicador de que el sistema informático, en el momento de la generación
de este registro, está soportando la facturación de más de un obligado
tributario. Este valor deberá obtenerlo automáticamente el sistema
informático a partir del número de obligados tributarios contenidos y/o
gestionados en él en ese momento, independientemente de su estado
operativo (alta, baja...), no pudiendo obtenerse a partir de otra información
ni ser introducido directamente por el usuario del sistema informático ni
cambiado por él. El valor "N" significará que el sistema informático solo
contiene y/o gestiona un único obligado tributario (de alta o de baja o en
cualquier otro estado), que se corresponderá con el obligado a expedir
factura de este registro de facturación. En cualquier otro caso, se deberá
informar este campo con el valor "S". Obligatorio en registros de
facturación de alta y de anulación, y opcional en registros de evento.

FORMATO /
(LONGITUD) /
LISTA
Alfanumérico (120)
FormatoNIF (9)
Alfanumérico (2)
(ISO 3166-1 alpha2 codes)
Alfanumérico (2)
L7
Alfanumérico (20)

Alfanumérico (30)

Alfanumérico (2)

Alfanumérico (50)

FORMATO /
(LONGITUD) /
LISTA

Alfanumérico (100)

Alfanumérico (1)
L4

Alfanumérico (1)
L4

Alfanumérico (1)
L4

* NOTA: dato de la persona o entidad productora del sistema informático de facturación (SIF) empleado. En el caso de haber varios productores (por ejemplo, cuando el SIF consta de varios componentes de
distintos productores) se deberán consignar los datos del productor responsable del componente principal del SIF, según la definición dada en el artículo 1.2.c) de esta orden.

cve: BOE-A-2024-22138
Verificable en https://www.boe.es

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