III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-22172)
Acuerdo de 23 de octubre de 2024, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, sobre delegación de competencias.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 137869

d. Autorizar las comisiones de servicio o de viaje fuera del territorio nacional del
personal perteneciente al Centro de Documentación Judicial, concediendo derecho al
abono de gastos por desplazamiento y/o dietas de alojamiento y manutención que
correspondan, y en su caso, autorizar a los/as participantes en las jornadas organizadas
por el Centro de Documentación Judicial percibir con cargo al presupuesto del Consejo
las indemnizaciones que por razón del servicio correspondan.
e. Aprobar, a propuesta de Secretaria General, la renovación, por un año, del
nombramiento de una funcionaria en situación de servicios especiales para seguir
prestando sus servicios en el Consejo General del Poder Judicial en el puesto de trabajo
que actualmente ocupa como administrativa N-20, en el Centro de Documentación
Judicial, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria decimocuarta de
la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
f. Aprobar las Normas de funcionamiento de la colaboración con el Gabinete
Técnico del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y de órganos jurisdiccionales
colegiados de España en las tareas de análisis jurídico de las resoluciones judiciales del
Tribunal Supremo.
g. Aprobar las convocatorias de las bolsas de analistas de las resoluciones
judiciales de las salas de los órganos judiciales de audiencias provinciales y tribunales
superiores de justicia, de la Audiencia Nacional y del Gabinete Técnico del Tribunal
Supremo, así como las normas por las que deben regirse.
h. Aprobar las listas definitivas de seleccionados/as en la bolsa de analistas del
Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de los órganos
judiciales de audiencias provinciales y tribunales superiores de justicia.
i. Aprobar la colaboración de magistrados/as de los órganos judiciales de
audiencias provinciales y tribunales superiores de justicia, magistrados/as de Sala de la
Audiencia Nacional y analistas del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo en las tareas
de análisis jurídico de la Base de Datos de Jurisprudencia del Consejo General del Poder
Judicial para cada ejercicio económico, así como aprobar el gasto máximo al que
ascenderá el pago de retribuciones por esta colaboración para el periodo citado.
j. Autorizar la celebración de las jornadas de Bibliotecas Judiciales, o cualesquiera
otros actos institucionales que le puedan corresponder organizar al Centro de
Documentación Judicial, que tengan lugar en la sede del Centro de Documentación
Judicial, concediendo las comisiones de servicio a los/as funcionarios/as del Consejo
para asistir con derecho al abono de gastos por desplazamiento y, en su caso, dietas de
alojamiento y manutención que correspondan, y autorizar a los/as participantes en las
jornadas a percibir con cargo al presupuesto del Consejo las indemnizaciones que por
razón del servicio correspondan.
k. Aprobar cuestiones relacionadas con las competencias de las secciones que
integran el Centro de Documentación Judicial, a propuesta del director del mismo.
l. Aprobar la suscripción de convenios y sus prorrogas.
CAPÍTULO II
Competencias delegadas por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial
en el Secretario General del Consejo General del Poder Judicial
Undécimo. Delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General
del Consejo General del Poder Judicial.
Se delega por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el Secretario General
del Consejo General del Poder Judicial el ejercicio de las siguientes competencias:
a. El conocimiento y resolución de las solicitudes de acceso a que se refiere el
artículo 21.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno (solicitudes de información de los ciudadanos).

cve: BOE-A-2024-22172
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 260