III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-22048)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con las entidades asociativas representativas del sector pesquero y acuícola, colaboradoras en la gestión y pago de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. III. Pág. 137281

Cuarto.
No habiendo finalizado las entidades colaboradoras la totalidad de las
actuaciones relativas a la gestión y pago de las ayudas para las que se firmó el
convenio de 18 de octubre de 2022, y teniendo en cuenta las obligaciones
asumidas por las mismas, que son las que establece el artículo 15 de la
Ley 38/2033, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, procede prorrogarlo,
en los mismos términos, por un nuevo periodo de dos años.
Quinto.
Procede la modificación del texto del convenio para introducir en la cláusula segunda
la regulación de la Orden APA/986/2022, de 17 de octubre.
Por todo ello, todas las partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga y
modificación al convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la adenda.

La presenta adenda tiene como objeto prorrogar por dos años el convenio
suscrito el 18 de octubre de 2022 entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación y las entidades asociativas representativas del sector pesquero y
acuícola, colaboradoras en la gestión y pago de las ayudas previstas en el Real
Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.
En segundo lugar, esta adenda tiene asimismo por objeto actualizar en el clausulado
las normas por las que se rigen estas ayudas.
Segunda.

Modificaciones de las cláusulas del convenio.

El primer párrafo de la cláusula segunda queda redactado como sigue:
«Las partes se comprometen, cada una en su ámbito de actuación, a
respetar lo previsto en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que
se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a
las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, y en la
Orden APA/986/2022, de 17 de octubre (BOE de 20 de octubre), por la que se
concretan y modifican determinados requisitos y condiciones relativos al
procedimiento de concesión de las ayudas recogidas en los artículos 34 y 35
del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas
urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la guerra en Ucrania, y por la que se convocan
dichas ayudas para el año 2022.»
Acuerdo de prórroga.

Las partes acuerdan prorrogar hasta el día 19 de octubre de 2026 la duración
del convenio, desde la finalización de la vigencia inicialmente acordada para el
mismo.

cve: BOE-A-2024-22048
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.