II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-22038)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Viernes 25 de octubre de 2024

Sec. II.B. Pág. 137148

pudiéndose valorar los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios,
máster y similares. Aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración, no serán
objeto de valoración.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación
de copia auténtica de los títulos o certificaciones obtenidos. No será necesaria dicha
acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes
de Formación del Personal de Administración y Servicios. Sólo se otorgará puntuación
por los cursos, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o
aprovechamiento, hasta 12 puntos, con la siguiente distribución:
– Idiomas: por el nivel acreditado B1: 0,5 puntos; por el nivel acreditado B2: 1 punto;
por el nivel acreditado C1: 1,5 puntos; por el nivel acreditado C2: 2 puntos. Se requiere
acreditación correspondiente al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
(MCERL), expedida por una Escuela Oficial de Idiomas o por un centro oficial de
formación de las Administraciones Públicas.
– Resto de cursos relacionados con las funciones del puesto: 0,06 puntos por hora
de formación.
El plazo máximo de validez de los cursos relacionados con las tecnologías de la
información y ofimática, así como de aquellos relativos a materias en las que la
obsolescencia de los contenidos así lo recomiende, será de cinco años inmediatamente
anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y de diez
años en el resto de los cursos.
E) Supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral:
máximo 10 puntos.
Se valorará los siguientes supuestos:
– Destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria pública,
en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se
acceda desde municipio distinto: 0,5 puntos.
– El cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como por adopción o
acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que
se acredite por los interesados fehacientemente que el puesto que se solicita permite
una mejor atención del menor:
• Por cada hijo/a: 1,5 puntos.
• Por cada hijo/a discapacitado/a: 2,5 puntos.
– El cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o
afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no
pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda
desde un municipio distinto, y siempre que se acredite fehacientemente por los interesados
que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar. La valoración de este
supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de hijos: 2,5 puntos.

Segunda fase.
Méritos específicos adecuados a las características de cada puesto indicados en el
anexo de la convocatoria, hasta un máximo de 25 puntos:
– Currículum: 8 puntos.
– Memoria: 10 puntos.
– Entrevista: 7 puntos.

cve: BOE-A-2024-22038
Verificable en https://www.boe.es

La puntuación mínima para pasar a la segunda fase se establece en 28 puntos.